En principio, el importe de los gastos de teletrabajo (ordenador, internet, electricidad…) lo tendría que determinar el convenio o acuerdo colectivo y, en su defecto, el acuerdo individual. En principio, el importe de los gastos de teletrabajo (ordenador, internet, electricidad…) lo tendría que determinar el convenio o acuerdo colectivo y, en su defecto, el acuerdo individual.