En su auto apunta que la observancia de las normas generales "no puede dar lugar más que a cumplimientos o incumplimientos" de las mismas y no a delitos de desobediencia. "Solo se desobedece un mandato concreto. La norma general, aunque introduzca prohibiciones, no es susceptible por sí misma de ser desobedecida en este sentido penal", pone de manifiesto. Así, apoya que ante el estado de alarma las conductas de incumplimiento, incluso cuando se produzcan tras no obedecer una instrucción de un agente, deriven en sanciones por infracción...