La policía podrá compartir archivos ilegales en redes P2P para provocar delitos.
#InformeSeriesly vía @bufetalmeida. Art. 588 ter e 2.
El agente encubierto informático podrá intercambiar o enviar por si mismo arcivos ilícitos, siendo posible en tal caso el analisis de los algoritmos asociados a dichos archivos ilícitos. (proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal)