“También delimita la responsabilidad de las plataformas que alojan contenidos. Estas plataformas no tienen la obligación de controlar los contenidos que suben sus usuarios, salvo cuando tienen conocimiento de que una opinión o una información es manifiestamente ilícita”, indica. “En esta sentencia se indica que hay que hacer una ponderación de derechos en un conflicto existente entre el derecho al honor de las sociedades demandantes y la libertad de expresión de los demandados”, apunta.
|
etiquetas: tribunal , supremo , comentario , libertad , expresión , crítico , web , opinión