La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación que la mercantil Eckes Granini Ibérica interpuso contra la sentencia dictada el 2 de octubre de 2017 por la Audiencia Provincial de Barcelona que declaró engañosa una campaña de publicidad difundida por Granini y que fue denunciada por J. García Carrión. En dicho anuncio, la multinacional alemana promocionaba un néctar de naranja, dando a entender al consumidor que se trataba de un zumo de naranja natural.
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