La banca podrá cobrar a sus clientes a partir del 2009 por los recibos de servicios básicos que tengan domiciliados o por recibir su nómina, su pensión o la devolución de impuestos como el IRPF en su cuenta corriente, algo inédito en España. La razón de ese cambio es básicamente técnica, ya que las entidades españolas se verán obligadas a migrar al sistema de comisión compartida entre ordenante y receptor de la operación. El precio de estas operaciones "debería ser muy bajo o incluso nulo, dependiendo de la política comercial de cada entidad".