El artículo de la Constitución japonesa figuró dos veces en la nominación para el Premio Nobel. El Artículo 9 limita la defensa de Japón a un grupo de Fuerzas de Autodefensa. Entró en efecto con la Constitución, EN 1947, después de la ocupación estadounidense y la disolución del Ejército que perdió la Segunda Guerra Mundial. Por eso, en términos estrictamente legales, las Fuerzas de Autodefensa no son fuerzas aéreas, marítimas ni terrestres; sino una extensión de la policía nacional y no tienen poder para luchar en territorios extranjeros.
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