La Presidenta de la AIReF y el respeto a la verdad

El 14 de Junio del año pasado, mediante la Decisión (UE) 2019/1001, el Consejo de la Unión puso fin al procedimiento por déficit excesivo abierto a nuestro país en el ejercicio 2009, ya que el déficit de las Administraciones Públicas se situó por debajo del 3% del PIB en el año 2018. 

A partir de 2019, España quedó sujeta al componente “preventivo” del Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) que le obliga a: i) avanzar a un ritmo adecuado hacia su objetivo presupuestario a medio plazo, establecido en el equilibrio estructural, ii) respetar el valor de referencia para el gasto público y iii) cumplir el criterio de deuda, de conformidad con el art. 2.1bis del Reglamento (CE) nº 1467/97. 

En esta nueva situación, España debía realizar un esfuerzo fiscal de reducción del déficit estructural, es decir, descontado el efecto del ciclo y las medidas de ingresos y gastos no recurrentes y a limitar el crecimiento del gasto público discrecional neto de medidas de ingresos

En concreto, el 13 de Julio de 2018, el Consejo de la Unión dirigió una recomendación a nuestro país en la que se le instaba a adoptar medidas con el fin de garantizar que la tasa máxima de crecimiento del gasto público primario neto no excediera del 0,6% en 2019, lo que correspondería a un ajuste estructural anual del 0,65% del PIB

La Comisión Europea, en sus previsiones de la primavera de 2019, ya advirtió sobre el riesgo de que en ese año se produjera una “desviación significativa” en relación a la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo. Para valorar la importancia de una desviación se siguen los siguientes criterios: 

a) cuando se evalúe el cambio del saldo estructural, que sea, al menos, del 0,5% del PIB en un solo año o del 0,25% del PIB como promedio anual en dos años consecutivos 

b) cuando se analice la evolución del gasto, excluyendo las medidas discrecionales relativas a los ingresos, que tenga una repercusión total en el saldo presupuestario de las administraciones públicas de, al menos, el 0,5% del PIB en un solo año o de forma acumulada en dos años consecutivos. 

El pasado 26 de Febrero, conforme a la previsión contenida en el art. 5.1 del Reglamento (UE) nº 1176/2011, la Comisión Europea llevó a cabo un “examen exhaustivo” sobre España. 

Entre las consideraciones contenidas en el examen se hacía referencia a que la evaluación del cumplimiento del Pacto de Estabilidad y Crecimiento se realizaría en esta primavera, cuando se dispusiera de los datos definitivos para 2019.

La evaluación comentada, posiblemente, se incluirá en el dictamen que el Consejo de la Unión Europea emitirá sobre la “Actualización del Programa de Estabilidad 2020-2021” (APE) remitida por el Gobierno el pasado 30 de Abril (breve reseña en elgorgojorojo.wordpress.com/2020/05/17/programa-de-estabilidad-2020-20) y que debe formularse en el plazo de 3 meses a contar desde su presentación. 

En su Informe sobre la “Actualización del Programa de Estabilidad 2020-2021” del pasado 6 de Mayo, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), que preside Cristina Herrero Sánchez, considera que en el cumplimiento de las exigencias contenidas en la recomendación del Consejo de 13 de Julio de 2018 se ha producido una desviación significativa

Según la AIReF, en 2019, se desarrolló una la política fiscal expansiva que dio lugar a que

1) el déficit estructural aumentase, pasando del 1,7% al 2,3% de PIB, por lo que se habría producido una variación de sentido opuesto a la solicitada que consistía en una reducción del déficit en un 0,65% del PIB. La desviación en relación a la trayectoria marcada supera el 0,5% del PIB y, en consecuencia, debe calificarse de “significativa”. 

2) el gasto computable, neto de medidas de ingresos y elementos no recurrentes, creciera un 4,4% cuando lo pedido fue que no superara el 0,6% en términos nominales, lo que ha tenido una repercusión del 1,4% del PIB en el saldo presupuestario que excede del límite fijado en el 0,5% del PIB, por lo que la variación también de considerarse como “significativa”. 

Frente a lo anterior, la Ministra de Hacienda, en comparecencia del pasado 1 de Mayo, hacía la siguiente inaudita afirmación (sic): 

“….España cerró 2019 con un déficit del 2,8%, lo que permite cumplir con el Pacto de Estabilidad por segundo año consecutivo después de que el Gobierno de Pedro Sánchez consiguiera sacar a España del procedimiento de déficit excesivo, en el año 2018, al lograr un déficit inferior al 3% por primera vez desde el inicio de la crisis del año 2008…” 

Debe tenerse en cuenta que, según el art. 6.2 del Reglamento (CE) n° 1466/97, en el caso de que se aprecie una desviación significativa respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo, y para impedir la aparición de un déficit excesivo, la Comisión dirigirá una advertencia al Estado miembro.