El pánico a los pinchazos de 1819

En el año 1819 se desató un pánico general, amplificado por la prensa siempre dispuesta a llenar páginas con carnaza, sobre una enorme oleada de pinchazos. La cosa duró varios meses, con toda clase de rumores circulando por todas partes, y la prensa haciéndose eco de los mismos. Este estado de cosas terminó por hartar a la prefectura de París y la policía, que llamaron a capítulo a los editores de los diarios que se dedicaron a sembrar el pánico. La noticia está recogida en Le Moniteur Universel, edición del 14 de diciembre de 1819, páginas 2 y 3, que procedo a traducir, ya que el tema es más bien actual:

La autoridad encargada de la policía de capital, y de la seguridad de sus habitantes, no tiene necesidad de ser defendida del reproche de negligencia sobre los delitos de tan extraña naturaleza que, desde hace un tiempo, han causado alarma entre todas las clases de ciudadanos. Mientras tanto, diversos periódicos la han tachado de inactiva, de falta de vigilancia y de acción, y la han acusado de no haber sido capaz de haber prendido a ninguno de los autores de los delitos de que se trata. Para motivar esta acusación era necesario multiplicar las quejas, citar vagamente un gran número de delitos, y presentarlos como cometidos a la vez en diversos puntos, cuando en realidad no se habían cometido en ninguno; no citar nombres, o citar nombres falsos; en fin, aumentar la alarma para justificar los artículos de denuncia.

La autoridad, atacada por un este estruendo, de estas acusaciones contenidas en hojas periódicas, pero habiendo recibido un pequeñísimo número de denuncias legales, ha debido hacer comparecer ante sí y ha presentado acusaciones a los editores de los diversos diarios que habían denunciado los hechos sin acompañarlos de indicaciones suficientes para verificarlos. La autoridad ha debido preguntar en qué indicio, qué testimonio, qué declaración, qué pruebas habían citado de tal delito, indicado a tal o cual persona como herida, y qué peligro habría corrido: no sólo ha solicitado estos datos como medio de justificación de los artículos publicados, cosa que tenía derecho a hacer; los ha demandado como forma de limpiar su imagen y de suplir la falta de declaraciones o denuncias individuales.

Las respuestas de los señores editores han sido casi todas evasivas y dilatorias. Todos transmitieron y se hicieron eco del ruido que corría de boca en boca, sin poderse remontar a la fuente misma de los hechos, ni a designaciones precisas; o habiendo tales señas, las pesquisas hicieron saber que las declaraciones carecían de verdad absoluta o de exactitud en los detalles.

El editor responsable del Constitutionnel respondió haber escrito los artículos que aparecieron en esa hoja, con base en la declaración del doctor Magendie, quien le habría dicho que por lo que él sabía quince individuos habrían sido heridos. Se escuchó al señor Magendie, y declaró que el hecho no era del todo exacto, que sólo había llegado a su conocimiento un hecho que se remonta a cuatro meses atrás, y que sólo sabía que, dos días después, dos personas se habían presentado en el hospital Saint Antoine afirmando haber sido pinchadas.

La carta inserta en el Constitutionnel, del 10 de diciembre, firmada con las iniciales V.T.N, calle Salle-au-comte, fue objeto de una investigación especial. Compareció el joven que declaró haber sido pinchado mientras sacaba una entrada en la taquilla del Odeón. El estado de su guante junto a la zona del pinchazo o erosión, el lugar donde declara haber sido herido bajo la mirada misma de los gendarmes, la ausencia de denuncia ante el comisario de policía del teatro en el momento mismo de la agresión, y la naturaleza de las respuestas del joven ante la autoridad no permitieron conocer la exactitud del hecho cuyas circunstancias, por lo demás, tienen visos de inverosimilitud.

Le Censeur imprimió que una mujer, mientras transitaba por La Halle fue pinchada, y que profirió gritos fuertes, que se identificó al agresor, al cual se le lanzó una botella a la cabeza, y que el pinchador fue arrestado, que se le conducía al cuartelillo, y que por el camino se descubrió que la profesión real del picador era la de soplón. Este hecho fue objeto de la más detallada investigación; es falso de todo punto, su afirmación es de tal tenor como para dar pie a una denuncia por calumnias en tanto que está vinculada con acusaciones extremadamente graves. Es de destacar que la fábula estaba bastante mal concebida. De hecho, cuesta entender que el culpable haya sido liberado en el momento en que el pueblo se dio cuenta de que era agente de la policía; hay margen para creer que en tal caso habría ocurrido lo contrario y que habría sido francamente mal tratado. Aquí la mentira se perjudicó a sí misma.

La carta del farmacéutico inserta en el número del día 10 de este mes de L'Indépendant dio lugar a las más prontas pesquisas. Este farmacéutico reconoció haber errado en no prestar su declaración ante el comisario de policía del barrio, de haber exagerado el número de personas que afirmaba haber vendado, y de haber dado a entender que sus heridas eran graves. Por lo demás, ha reducido su declaración a un pequeño número de personas, de las cuales no supo dar nombre ni dirección, y a las cuales no ha vuelto a ver. Se le ha hecho notar que como oficial de salud pública tiene que conocer las ordenanzas y la obligación de prestar declaración. Se ha limitado a declarar que tal cosa no se le había ocurrido. Las señas obtenidas tienden a hacer creer que el farmacéutico ha aprovechado la ocasión para presentar un preservativo y de atraer la atención sobre sí mismo.

La Gazette de France, después de haber citado diversos hechos, imprimió en el número del día 10 que un individuo, cuya profesión debemos adivinar, se presentó en casa de los padres una dama herida en la calle Saint-Denis, y que les habría prohibido pregonar el percance ocurrido a su hija. El redactor, que se presentó para responder a este respecto, no recibió señas positivas sobre el nombre o número de casa de esta persona, y nada justifica la insinuación que se resulta de tal artículo contra la autoridad, a la que se acusa de impedir declaraciones tras haber recibido reproches de haber intentado provocarlas. La misma hoja publicó una carta firmada cuyo firmante no es conocido en el domicilio indicado.

El editor del Fanal, interpelado sobre los numerosos hechos que ha citado en números sucesivos, sólo fue capaz de responder que los había enunciado por el público ruido, mayormente en conversaciones recogidas en varios teatros. Había afirmado que la criada de la condesa Pajol había sido pinchada en el ojo derecho. Acudiendo al domicilio indicado, la mujer en cuestión afirmó haber sido alcanzada por la varilla de un paraguas de un caballero que pasaba junto a ella al hacer el movimiento de evitarse.

Afirmó haber recibido una carta del Sr. J, médico de París, que le comunicaba que tres damas pinchadas hacía unos días habían acudido a sus cuidados, y que la vida de una de ellas había corrido peligro; y el Sr. Jacques, cirujano partero que el redactor ha identificado como la persona designada por la inicial J declaró formalmente no haber escrito tal carta, ni al redactor del Fanal ni a nadie, y que no trató a ninguna persona pinchada.

Dijo finalmente que una dama herida al pasar por la Place des Victoires murió a resultas de esa herida y la gangrena, y no pudo dar indicación alguna sobre el nombre de la supuesta víctima, ni del médico al que supone poco instruido en sus deberes por la negligencia de no declarar hechos de tal gravedad.

El redactor del Courrier sólo fue capaz de afirmar sobre el hecho publicado en su diario la autoridad de una persona que sabía del mismo por boca de terceros. Las señas recogidas permitieron probar que la posadera, anunciada como fallecida a resultas de un pinchazo, había sucumbido a una afección pulmonar después de una larga enfermedad.

Un artículo inserto en nuestro número del día 13 ya desmintió de la manera más positiva el deceso de otra joven a resultas de un pinchazo que le habría sido realizado en un momento crítico.

L'Indépendant, en su hoja del 12, anunció que un soldado que llevaba el número 51 en su chacó había golpeado con su sable a un individuo que le habría pinchado. La indicación del número bastaba para verificar el hecho, y acreditar que ninguno de los militares que forman la legión que lleva el número 51 ha sido objeto de pinchazo alguno ni ha herido a nadie.

El joven de 14 años del que habla el Sr. Beauchêne en su carta inserta en La Quotidienne del 13 de diciembre no resultó herido en la calle sino en el domicilio donde reside. Las circunstancias de este atentado, según la instrucción hecha por el comisario de policía, y el lugar en el que fue cometido, indican suficientemente que fue a resultas de un intento de crimen en el interior de la casa, cosa completamente ajena a la que nos ocupa.

El redactor responsable de La Renomée rechazó la jurisdicción de la autoridad que le interpelaba, y declaró que en materia de diarios no creía deber responderle ni darle señas. Esta respuesta basta enunciarla para darle su justo valor.

Finalmente ayer día 12, a las seis de la tarde, una mujer que pretendía haber sido pinchada en el Pont Neuf, y cuyos gritos atrajeron a los bomberos, fue conducida a la prefectura junto con el hombre al que había designado como autor de la agresión, y se constató mediante informe del oficial de salud pública que no había sobre ella signo alguno de pinchazo.

He aquí bastante para establecer que las alarmas han sido muy exageradas; los hechos, multiplicados o desnaturalizados; y que la autoridad se apresuró a acudir a todas las señas que tenía obligación de verificar.

Por ahora estamos lejos de establecer que los ataques no hayan tenido lugar, pero sí podemos lamentar que no hayan sido acompañados de declaraciones que permitiesen ponerse sobre la pista de los culpables; de todas formas, podemos concebir el motivos que haya impedido a los padres de familia el denunciar tan molestos accidentes. Este sentimiento ha dado lugar después a consideraciones de orden público, y a declaraciones firmadas y recibidas, y a abrumar a la autoridad judicial. Los jueces de instrucción son los señores Lefevre y Grandet. Sabremos si una deplorable manía se ha apoderado de uno o varios individuos afectados por una de las aberraciones del espíritu humano, que es tan difícil de caracterizar, o si artesanos de los problemas se han amparado de un medio tan odioso para alarmar a los ciudadanos y buscar vías de actuación.

Que si nos sorprendiese que la administración no haya podido actuar sino ante denuncias legales, derivadas de hechos constatados, y que haya esperado declaraciones individuales firmadas, podemos citar como ejemplo anterior a lo que pasa hoy una ordenanza del Alcaide del Châtelet de París del 8 de enero de 1778.

En esa época, rumores alarmantes se habían apoderado de la villa; se citaba a diferentes personas como víctimas de ataques nocturnos por parte de malhechores, sin que las personas que decían haber sido objeto de los ataques compareciesen ante la justicia que pudiese llevar al Fiscal Real a perseguir a los autores.

Afirma la ordenanza citada: "Estos rumores, circulando de boca en boca, se habían acreditado hasta el punto de sembrar el pánico entre los ciudadanos de los diferentes barrios, y de inquietar a los magistrados encargados de la seguridad pública, a los cuales se reprochaba su inacción a este respecto; que se haya pretendido tacharles de disimulación y de deseo de hacer pasar esos acontecimientos como prejuicios populares etc".

La disposición de la ordenanza conmina a las personas, quienesquiera que sean, y que hayan sido insultadas, atacadas, maltratadas, a que hagan declaración ante el comisario el mismo día, so pena de ser perseguidas ellas mismas a instancia del Fiscal.

Tales eran entonces los medios de la administración. La legislación existente no da a la administración actual los medios coercitivos que se constatan en la ordenanza que citamos; no puede sino incitar de la forma más apremiante a realizar declaraciones legales, que en 1778 prescribía como deber cuya infracción era punible.

Estas declaraciones son, en efecto, un deber del ciudadano, el padre de familia, el individuo; sólo ellas pueden esclarecer a la administración, y mediante ellas puede actuar la justicia, pues ni la una ni la otra pueden actuar basándose en rumores exagerados sino en hechos reconocidos; la malevolencia intentará en vano acusar a la administración de negligencia y lentitud; no es hombre de buen juicio quien no reconozca como su primer deber e interés la represión de los delitos, sean de la naturaleza que sean