¿Es legal que nos den un "vale de compra" al devolver nuestra compra online? NO

Cuando ejercemos nuestro derecho de devolución de un producto comprado online, ¿Pueden imponernos la entrega de un vale de compra en lugar de reembolsarnos el dinero?

Respuesta corta: No, no nos pueden obligar a aceptar un vale de compra en vez de devolvernos nuestro dinero.

Respuesta larga: En España, siguiendo normativa europea, el derecho de desistimiento se encuentra reconocido en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, para el supuesto de la contratación online, siendo su regulación imperativa.

La ley obliga las empresas a devolver al cliente que desiste las sumas pagadas, sin que sea válida la renuncia previa del consumidor a tal derecho.

La empresa no puede obligar al consumidor que desiste de una compra online a recibir un vale a canjear por otro producto, aún cuando esto constase en condiciones generales de la contratación, considerándose tal cláusula como nula por abusiva.

Fuentes consultadas:

www.eumed.net/rev/cccss/2018/04/vale-consumidor.html

www.boe.es/eli/es/rdlg/2007/11/16/1/con