Lo que la inviolabilidad, inimputabilidad e impunidad constitucionales del rey significan -en la rigurosa, hermética, exigente y estricta interpretación que se concede a la inviolabilidad en los círculos jurídicos técnicos-, es que solo queda una manera de castigar al rey si realiza mal sus funciones o se corrompe perjudicando al pueblo español: que el pueblo español abandone la monarquía y se pase a la república.
La república es el único castigo que se le puede poner al rey constitucionalmente inviolable.
En este sentido se expresa también la propia web del congreso, en su sinopsis del artículo 56 ( app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=5 ):
- << En este sentido, ambos términos [inviolabilidad e irresponsabilidad] significan que no se puede perseguir criminalmente al Monarca y que, en cuanto se refiere a la responsabilidad civil, no se le puede demandar ante la jurisdicción ordinaria.
- La irresponsabilidad del Rey, en el aspecto penal, fue uno de los aspectos criticados en el iter parlamentario del artículo 56 de la Constitución, llegándose incluso a plantear, por algún sector, la hipótesis del Rey asesino o violador.
- A nuestro juicio, acierta O. Alzaga cuando afirma que ... si el Rey delinquiese, "nos encontraríamos ... ante el ocaso de la institución monárquica". >>
Es decir, el único castigo que se le puede poner al rey si no realiza bien sus funciones o comete delitos perjudicando al pueblo español es finalizar la monarquía y pasar a la república.
Dentro de la actual constitución del 78 y dentro del actual ordenamiento jurídico que depende de ella la inviolabilidad significa pura y simplemente impunidad, es decir, al rey no se le puede poner ningún castigo, haga lo que haga.
El rey es inviolable (inimputable e impunible) constitucionalmente, es decir dentro de la constitución (sin cambiar de constitución), pero esa inviolabilidad no es inter-constitucional (entre constituciones distintas). De hecho esa inviolabilidad está diseñada para que el único castigo que se le pueda poner al rey si realiza mal sus funciones o se corrompe traicionando o perjudicando al pueblo español sea cambiar de constitución: es decir, abandonar la actual constitución monárquica, y pasarnos a una nueva constitución republicana.
La actual inviolabilidad (intra)constitucional del rey, en su estricta definición técnica, no deja margen para otro castigo al rey, por su corrupción o delincuencia, que abandonarse la monarquía y pasarse a la constitución de la república.