La "Galicia profunda" de la sentencia

Es un poco agotador ver cómo cada vez que alguien, con toda la razón del mundo, se queja de que es inadmisible que una jueza se refiriese a una aldea de Muros como "la Galicia profunda", haya inevitablemente una respuesta aludiendo a otros artículos sobre el tema, a lo que hizo o dejó de hacer la madre, a lo que dijo o dejó de decir por Whatsapp, etcétera, como si cualquier queja sobre la expresión utilizada fuese innecesaria o estuviese fuera de lugar.

Primero, el artículo de Confilegal no desmiente que se utilizase esa expresión.

Segundo, en el mismo artículo hay un enlace a la sentencia. En la ventana superior del lector hay una sencilla herramienta que se llama buscador. Bien, si en el buscador se escribe "Galicia profunda", se puede ver que en la página 12 de dicho documento, se lee "Lo que no sucede con la pequeñísima población en la Galicia profunda, a la que se ha trasladado la madre...".

Si alguien utiliza la expresión para tratar de decir que la sentencia es injusta, entiendo perfectamente que se responda dando información para dar a entender que la sentencia se basa en algo más que sólo esa expresión. Pero nenes, si hay gente a la que le parece que la expresión es desafortunada, propia de alguien con prejuicios o una despreciable manera de referirse a un entorno que desconoce, la crítica es legítima y, pretender deslegitimarla adjuntando enlaces que no desmienten que la jueza lo utilizase sino que lo confirman, invita a pensar que se comparte su particular manera de considerar esta zona de Galicia o que se padece un grave problema de comprensión lectora.