El despropósito del libre mercado

¿Defenderías una sociedad en la que todo tiene un precio? ¿Piensas que los delitos pueden ser pagados con dinero, independientemente de su gravedad? ¿Crees que las personas se miden por lo que tienen? ¿Estás en contra de regular cualquier mecanismo económico? Si tu respuesta es no, pues te doy mi más sincero pésame. Estamos viviendo en una sociedad en la que se valora lo estrictamente económico.

Esta deriva degeneracional de las sociedades occidentales comenzó a activarse en los años 80 del siglo XX, pero, su origen se fraguó en los golpes de estado de Chile en 1973 y Argentina 1976, donde los regímenes resultantes dieron paso a una serie de medidas desreguladoras para que las empresas privadas, en su mayoría estadounidenses, pudiesen tener mayores beneficios a costa de los recursos de esos países. Aunque esto no era nuevo, porque en los años 50 la Union Fruit Company ya financiaba los golpes de estado en centroamérica para la producción a bajo coste del banano, esta vez era diferente por el genocidio ideológico cometido contra la población que pudiese levantarse en contra de unas futuras medidas que acabarían imponiéndose.

El mundo occidental de los años 70 estaba regido por un sistema económico muy diferente al actual. El capitalismo de entonces estaba mucho más regulado y el estado tenía más poder para evitar cualquier crisis financiera y no permitir oligopolios que pudiesen concentrar un gran poder económico que pudiese desestabilizar el reparto de riqueza entre población y empresas. En EE.UU. este modelo comenzó en los años 30 del siglo XX, después del crack financiero del 29, estableciendo una serie de medidas para que la población sobrellevase la catástrofe económica de aquel momento. Una de ellas fue la regulación de todo el sistema financiero y poner freno a las inversiones de riesgo con los ahorros de los clientes. Otra medida fue la participación del estado activamente en la economía, permitiendo actuar directamente contra el desempleo generado por la crisis. Este modelo se llamó New Deal y su inspirador fue el economista británico John Maynard Keynes.

Y este modelo funcionó bien, porque no hubo una crisis financiera hasta que Ronald Reagan en 1982 desregularizó las inversiones de riesgo. Cinco años después se produjo el crack del "Lunes Negro", y a día de hoy, todavía discuten qué pasó ese día. A finales de la década de los 80, la mayoría de bancos de depósito habían quebrado y sólo quedaba un pequeño grupo de bancos poderosos. Este aviso no funcionó de nada, porque los caminos de la desregulación financiera ya se habían puesto en marcha y el inspirador, en este caso, fue un economista estadounidense llamado Milton Friedman. Para Milton Friedman, no era suficiente desregular el mercado financiero, él era un ultradefensor de la privatización, negando cualquier mecanismo de influencia por parte del estado y jugó un papel determinante para implementar este modelo económico durante la dictadura de Pinochet. Un modelo que se extendería silenciosamente por todo el mundo capitalista, ya quieran sus ciudadanos o no.

Así que, ¿imaginas un mundo sin reglas? ¿sin leyes?, o peor aún, ¿que hubiesen leyes reguladoras y el mismo estado se encargase de ningunearlas?. Pues eso es lo que está ocurriendo actualmente en un país llamado España. En el año 2015, el Tribunal Constitucional declaró el artículo 50.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias cómo inconstitucional por, según ellos, no citar adecuadamente en la ley la cuantía de las sanciones por cada infracción, algo razonable pero no justificado por el TC porque citan para ello el artículo 25.1 de la Constitución que dice:

Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.

Este artículo, si lo lee un ciudadano cualquiera, puede entender que la Constitución defiende el principio de Irretroactividad. Por ejemplo, si a 30 de septiembre no está tipificado cómo infracción o delito robar peras y para el 1 de octubre se publica en el B.O.E. una ley que sí lo condena, entonces no se podrán perseguir los robos que se cometieron del 30 de septiembre para atrás. Según el TC y el fiscal general del Estado de entonces, sí que había que declararlo inconstitucional porque incumplía la Lex Certa o principio de Taxatividad, un principio jurídico que exige que la ley sea precisa en su lenguaje descriptivo con relación a la construcción del tipo en cada artículo y precisa en el lenguaje normativo de las consecuencias que impone cada artículo. Resulta contradictorio que esta sentencia mencione la precisión en su lenguaje descriptivo, cuando el artículo de la Constitución que citan es completamente distinto a la interpretación que le dan.

El resultado de esta sentencia es que las administraciones públicas no pueden sancionar a aquellas empresas que cometan acciones fraudulentas hacia el consumidor, excepto aquellas comunidades autónomas que tengan una ley que lo permita. Y la situación está así desde el 2015 sin que el Congreso, el Senado y el Gobierno hayan movido un dedo para resolver esta situación de indefensión del consumidor. A no ser que el auténtico motivo sea una desregulación encubierta y cambiar la relación comercial entre cliente y empresa.

Si os preguntáis cómo se llegó a esta situación, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJ de Galicia elevó al TC una cuestión de inconstitucionalidad en 2013, a petición de Telefónica Móviles España (Movistar). Esta empresa había sido sancionada con infracción grave por cláusulas abusivas en un contrato. Todo viene en la sentencia.