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deabru

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1 Notas
  1. #5 Han salido.

    De Apple o Windows no sabes q hay ni lo vas a saber.

    Y, POR SUPUESTO, q tendran sus mierdas similares voluntaria e involuntariamente.
  2. A los perrofaluatas les molestaban los acuerdos de libre comercio de los que ahora se quejan los agricultores, por poner un eujemplo. Gran capacidad de analisis la tuya.
  3. #11 los bots de Telegram se usan para todo, por ejemplo alarmas para ver el estado de operatividad de los servidores.
  4. Vamos a cerrar por un tiempo hasta que sepamos de que va el tema la autopista A7 porque por allí van coches con droja pal colacao y les pedimos explicaciones a los de las garitas del peaje.
  5. Voy a darle una lectura distinta a esta noticia...
    Yo no soy muy de Sánchez pero el hijo de fruta es muy bueno.

    1. Pedro ya es presidente. ¿Está Puigdemont amnistiado ya? No.
    2. ¿Puede Junts hacer algo? Puede ralentizar cosas, pueden no aprobarse otras, pero tampoco pueden participar en una moción de censura con PP y VOX.
    3. ¿Puede PP y VOX hacer algo? ¿Amnistiarían a Puigdemont a cambio de una moción de censura? O dicho en sus palabras, ¿venderían a España a cambio de unos cuantos votos?

    Los medios podrán venderlo como quieran. Yo creo que el pulso lo va ganando Pedro.

    Y mientras tanto, a prorrogar los presupuestos de 2023, que no pasa nada. Montoro prorrogó los presupuestos 4 veces y no pasó nada.
  6. #9 ¿Por qué?
    Los presupuestos que se prorrogan son unos presupuestos rojos (de cuando PSOE+SUMAR eran mayoría y PNV, ERC y EHBILDU decían a todo que si)
  7. #7 Pues sí, lo preguntabas en serio :palm:

    Se prorrogan los del año anterior.

    Constitución Española de 1978
    Artículo 134

    1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.

    2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.

    3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.

    4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.

    5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.

    6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.

    7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.
  8. #5 Espero que no lo estés preguntando en serio
  9. #32
    Cuando Isabel Natividad Díaz Ayuso prorrogó presupuestos más de una vez consecutiva ¿Eso cómo lo interpretas?

    www.eldiario.es/politica/ultima-hora-actualidad-politica-directo_6_980
  10. #32 Los presupuestos están supeditados a la consecución de una mayoría en el parlamento, teniendo en cuenta que algunos de los partidos que componen el parlamento van a estar en modo electoral hasta mayo no tiene sentido ponerse a negociar... Y Ayuso nos ha demostrad que no pasa nada por estar 4 años sin presupuestos
  11. #2 el trabajo del CEO es sólo mantener contentos a los inversores. En el momento en que caiga uno y la IA haga eso mejor, los demás van detrás de forma inmediata.
  12. #2 puertas? Más bien lo que llevan haciendo tiempo es vallarlo y sembrarlo de minas. Cualquiera que haya usado Internet hace años sabe que veías cualquier contenido gratis haciendo una búsqueda en 1 minuto. Ahora suerte si encuentras algún sitio fiable y no capado.
  13. #1 Yo aquí llamaría a la calma por varios motivos:

    - Por lo que veo es un auto del Juzgado de lo mercantil n 8 de Barcelona, ni es una Audiencia Provincial ni mucho menos el Tribunal Supremo, es decir, estamos en 1a instancia. Si mal no recuerdo un juzgado de lo mercantil también de Barcelona en una sentencia quiso aplicar el " Fair Use" cuando ni siquiera existe en nuestro derecho, ya que es algo propio del derecho anglosajón, dió para un par de titulares y ahí se quedó la cosa.

    -Esta práctica creo que también puede entrar en conflicto con la normativa de Protección de Datos, por la que en la práctica las empresas afectadas solo podrían solicitar a los operadores la IP de una persona física en el caso de estar ante un delito grave. Y ya te digo yo que piratear la liga para verla en tu casa no es un delito grave. De hecho no es ni un delito salvo que seas alguien que hace negocio vendiendo los accesos a la señal o contenido pirateado, sería, de ser algo, solo civil.…   » ver todo el comentario

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