#44 ¿Organizar actos, incluso de violencia, con el fin de infundir miedo/terror en alguien para expulsarlo de donde vives no te parece un acto reprochable y que podría ser calificado de terrorismo? Es decir, que se investigue si podría encajar.
#37 ¿Te refieres a los chavales que incluían a tipos de 30 años y que eran miembros de organizaciones que tenían como objetivo infundir miedo en parte de la población para expulsarlos de 'su' tierra?
No creo que ese tipo de rasgos sean extensibles a 'vasco'.
#31 Si las circunstancias del asesinato son las mismas, sí claro.
Pero no todos los asesinatos suceden bajo las mismas circunstancias, los puede haber pasionales, sencillos, y los puede haber organizados con bandas, sofisticados, que requieren herramientas para destapar a la banda.
#21 Es que esa frase se dice (en lo que yo conozco) por lo que he señalado, que ante un mismo acto de violencia, se juzga distinto en función del autor.
#5 Las leyes contra el terrorismo juzgan la intencionalidad del delito, que se haga con fines terroristas.
Las leyes de género en España lo que juzgan es el género del perpetrador, ya que un mismo acto se juzga distinto dependiendo del género únicamente. Lo que viene siendo un delito de autor.
#5 En las generales el CIS también erró, de nuevo, sobrestimando a la izquierda e infrarepresentando a la derecha, únicamente se puede decir que 'acierta' si coges las estimaciones más extremas, el margen de error más amplio posible en su metodología.
La suma de PSOE y Sumar la ponia entre 158-185 y al final fue de 153, la de PP+Vox entre 143-169 y al final fue de 169.
#23 Son de dominio público porque han sido filtradas en informaciones periodisticas, lo que da sustanciabilidad a la denuncia y de ahí lo que apunto en #12
Lo demás es solo tu opinión irrelevante
>Sigues tratando de colar tu opinión como realidad.
#3 No existe eso realmente, es otro bulo. La doctrina habla realmente de hechos plausibles, objetivos, accesibles...una información periodística que contenga esos elementos, puede ser admitida.
Lo que no puede ser admitido es un artículo de opinión, o informaciones basadas en 'fuentes', sin documentacion, etc. Pero un artículo que hable de un fraude y se base en documentos como el BOE y un razonamiento lógico, puede valer.
Para empezar, la comparación es absurda porque el juez habla de una denuncia y lo que se ha rechazado es una petición, por cierto, el juez ha hecho lo mismo que pedía la fiscalía, que siempre se olvida decir que es un criterio avalado por muchos cuando se pretende señalar a uno concreto.
Pero, más relevante, el hilo de Zipper y ese mismo tuit omite que habla de hechos delictivos plausibles, de que tiene que haber indicios que justifiquen la investigación, no significa que si yo voy a un tribunal a denunciar que Pedro Sanchez ha violado a mi gato, un tribunal tenga que investigarlo sin indicio alguno. Y lo que ha dicho el tribunal, y la fiscalía, es que para este caso, no los hay.
#149 Pasame el documento de las negociaciones europeas, a ver si es tan transparente como una acta del congreso. Espero.
Es imposible cambiar la ley para impedir que un grupo no vote libremente sin cambiar baremo. Salvo que quites la votacion y hagas lo que pide europa, que elijan los jueces, o pongas otro sistema como sorteo.
#135 el CGPJ al ser elegido por mayoria cualificada, se eligio con una mayoría que representaba a muchas fuerzas, un 94% en este caso concreto, y es muy improbable que una sola fuerza o minoría tenga luego en elecciones posteriores interés en mantenerlo tal cual.
Eso es más problable que se de si se cambia la mayoría por una menor, básicamente es permitir que un partido que gobierna haga y deshaga, que luego en oposición mantenga lo que hizo.
La CE permite que se definan criterios de eleccion de acuerdo a lo que diga una LO, y los unicos requisitos es que se atengan a la CE, en este caso, que haya independencia de los miembros, un sorteo bien podría cumplir ese requisito.
El de las pelis eres tú, y así se explica.
Agur.