@tocado Normalmente el problema es al revés, que la empresa quiere recolocar en otro centro de trabajo y el trabajador no.
Aunque no estés en esos supuestos, si tú quieres moverte y la empresa puede aceptar.
En su contrato pone que la empresa usuaria está regida por un convenio colectivo sectorial que sí recoge días de asuntos propios, no especifica ningun convenio colectivo de ETT en el contrato por lo que no tengo muy claro si tendría opcion a cogerse asuntos propios o no...
No sé si la citacion entra dentro de lo comprendido en el epígrafe d del artículo 37.d del Estatuto de los Trabajadores...
Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permiso
(...)
3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente
(...)
d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por ciento de las horas laborables en un periodo de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia regulada en el artículo 46.1.
En el supuesto de que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.
@tocado@Mr.Peanutbutter
Como ya comenté en su momento, en caso de necesidad, se pueden aceptar cacahuetes. Cuando encuentre otra cosa, que se mueva.
Menos da una piedra.
PD: si es por moverse, el periodo de prueba también es para la empresa.
Tiene mala pinta. Pero si a tu familiar le urge encontrar curro, le puede servir como puente (ir ahí, pero no dejar de buscar por si sale algo mejor).
Si no tiene curro, cualquier cosa que encuentre, la empresa intentará negociar a la baja. Si tiene curro, no.
También depende de la experiencia y los conocimientos que tenga.
¿se pagan horas extras, intervenciones, guardias, ...?
todo eso tendría que tener un precio especial. Ojo que no se lo quieran colar como horario normal para no pagar horas extras.
@tocadoDXC Technology es líder como proveedor independiente de servicios de TI en todo el mundo, ayudando a sus clientes a aprovechar el poder de la innovación como catalizador hacia el éxito. Contamos con cerca de 6.000 clientes, tanto en el sector privado como el público, en 70 países. Nuestra independencia tecnológica, experiencia global y una amplia red de partners se combinan para ofrecer servicios y soluciones de TI de nueva generación.
No la conozco, pero viendo cómo se describen tienen toda la pinta de ser la típica cárnica líder del sector.
@tocado@nilien
- Los datos son los ahora sensibles, anteriormente especialmente protegidos
- Hasta la reforma, quien gestionara ese fichero y su información relacionada debe mantener y conservar los registros de quien cuando y que hace, desde si lo imprime, o lo envía, etc.
- Esos datos han de conservarse
- Si no gestionan y/conservan esos registros es sanción muy grave
- Es una negligencia/error y no una comunicación a tercero sin consentimiento del titular intencionada (pero sancionable)
A ver, lo importante es tener claro que objetivo tienes.
1.- Si pretendes que sancionen a la empresa, que debería mantener unos protocolos de seguridad excepcionales dado el tipo de datos que maneja, debes tener claro que estas dispuesto a llegar hasta el final, sea cual sea el importe de la sanción, si les llegan a sancionar. Ya se recogía y se ahonda más en la modulación de las sanciones. Es decir, que se puede regular el importe de la sanción teniendo en cuenta diversos factores por lo que no les sancionan con 20MM€ así a saco e igual se queda en algo serio pero asumible por la empresa, relacionado con su volumen de facturación.
@nilien Yo sé lo más básico de cuando hice las prácticas en los archivos del Gregorio Marañón (que se podía resumir en "de esto vosotros ni una palabra, una cosa es contar anécdotas y otra es identificar a la persona o buscar a propósito su historia clínica, custodiar los sobres de historia con la vida...").
Vamos, que sé que son datos muy sensibles pero ya. Nada del procedimiento.
Para mío lo más importante es certificar que mis datos personales no se han visto comprometidos. Por encima de qué les multen, que tambien me parece lo correcto, pero las cantidades máximas de la multa me parece que pueden hundir a esa empresa y a 20 como ella. Antes de mover hilos con la A.E.P.D. he pensado en hablar con la empreaa y solicitarles que me certifiquen que sólo yo he accedido a su servidor a descargar el informe, a través del sms que finalmente me mandaron. El problema es que no sé cómo pedírselo para que no me trampeen en el caso de que hayan accedido terceras personas. Tendría que pedir algún tipo de registro en algún formato inalterable?
Aunque no estés en esos supuestos, si tú quieres moverte y la empresa puede aceptar.
En su contrato pone que la empresa usuaria está regida por un convenio colectivo sectorial que sí recoge días de asuntos propios, no especifica ningun convenio colectivo de ETT en el contrato por lo que no tengo muy claro si tendría opcion a cogerse asuntos propios o no...
No sé si la citacion entra dentro de lo comprendido en el epígrafe d del artículo 37.d del Estatuto de los Trabajadores...
Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permiso
(...)
3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente
(...)
d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por ciento de las horas laborables en un periodo de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia regulada en el artículo 46.1.
En el supuesto de que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.
Como ya comenté en su momento, en caso de necesidad, se pueden aceptar cacahuetes. Cuando encuentre otra cosa, que se mueva.
Menos da una piedra.
PD: si es por moverse, el periodo de prueba también es para la empresa.
Tiene mala pinta. Pero si a tu familiar le urge encontrar curro, le puede servir como puente (ir ahí, pero no dejar de buscar por si sale algo mejor).
Si no tiene curro, cualquier cosa que encuentre, la empresa intentará negociar a la baja. Si tiene curro, no.
También depende de la experiencia y los conocimientos que tenga.
Ah, ok! Pues cuidado con eso.
¿se pagan horas extras, intervenciones, guardias, ...?
todo eso tendría que tener un precio especial. Ojo que no se lo quieran colar como horario normal para no pagar horas extras.
¿Lunes a Domingo?
Por ett, ... cuando una cárnica no es suficientemente esclavista.
¿es para operador o algo?
Hace unos años, hp se separó entre 'impresoras y otras mierdas' (hp inc.) Y los servicios de outsourcing a empresas (hpe).
Luego, hpe se fusionó con csc. El resultado es dxc.
Yo vivo bien. Pero en general, vivir bien es un arte que requiere un talento especial.
Que se negocie todo lo que pueda antes de entrar, a ver si se va a quedar a gusto allí.
No la conozco, pero viendo cómo se describen tienen toda la pinta de ser la típica cárnica líder del sector.
- Los datos son los ahora sensibles, anteriormente especialmente protegidos
- Hasta la reforma, quien gestionara ese fichero y su información relacionada debe mantener y conservar los registros de quien cuando y que hace, desde si lo imprime, o lo envía, etc.
- Esos datos han de conservarse
- Si no gestionan y/conservan esos registros es sanción muy grave
- Es una negligencia/error y no una comunicación a tercero sin consentimiento del titular intencionada (pero sancionable)
A ver, lo importante es tener claro que objetivo tienes.
1.- Si pretendes que sancionen a la empresa, que debería mantener unos protocolos de seguridad excepcionales dado el tipo de datos que maneja, debes tener claro que estas dispuesto a llegar hasta el final, sea cual sea el importe de la sanción, si les llegan a sancionar. Ya se recogía y se ahonda más en la modulación de las sanciones. Es decir, que se puede regular el importe de la sanción teniendo en cuenta diversos factores por lo que no les sancionan con 20MM€ así a saco e igual se queda en algo serio pero asumible por la empresa, relacionado con su volumen de facturación.
sigo
Vamos, que sé que son datos muy sensibles pero ya. Nada del procedimiento.
@tocado
Pues esta mañana alguien comentaba un caso justo sobre un posible filtrado de datos de un reconocimiento médico, y andaba buscando info al respecto...
----> @tocado
@hangdog @Pecinejo @alalimayallimon @Schrödinger_katze
PD: Se dio de baja...
Creo que había más gente que sabía del tema de la protección de datos, o que había presentado reclamaciones, pero ahora mismo no recuerdo quiénes.
Para mío lo más importante es certificar que mis datos personales no se han visto comprometidos. Por encima de qué les multen, que tambien me parece lo correcto, pero las cantidades máximas de la multa me parece que pueden hundir a esa empresa y a 20 como ella. Antes de mover hilos con la A.E.P.D. he pensado en hablar con la empreaa y solicitarles que me certifiquen que sólo yo he accedido a su servidor a descargar el informe, a través del sms que finalmente me mandaron. El problema es que no sé cómo pedírselo para que no me trampeen en el caso de que hayan accedido terceras personas. Tendría que pedir algún tipo de registro en algún formato inalterable?