#291 efectivamente: ojalá esto estuviera normalizado. Sin embargo, digo que nos perjudica porque a lo mejor el ayuntamiento, al ver este caso, decide hacer ordenanza sobre el tema, sancionando el desnudo que tu a lo mejor hacías en un sitio en el que no molestabas a nadie.
#172 Y por ese motivo están prohibidas en España las siguientes cosas y siempre multan por:
- hacer topless
- pederse
- llevar a tus niños desnudos en la playa o ponerles a hacer pipi si tienen una urgencia.
(nótese la ironía).
No hay que confundir educación con libertad. Yo soy nudista y, por respeto hacia los demás, solo lo practico donde tradicionalmente se ha venido haciendo. De hecho, en los últimos años me encuentro que playas que tradicionalmente son nudistas tienen una fuerte presencia textil y me genera dudas en cuanto a qué es lo correcto. Pero esto es EDUCACIÓN. Debemos ser LIBRES para actuar como queramos en materia de vestimenta.
En analogía a lo que dices: si estás en el autobús y el de al lado de ti empieza a tirarse pedos sin ningún tipo de contención y respeto, ¿de verdad pensamos que eso debe ser punible? Desde mi punto de vista el único castigo que merece es el desprecio y la distancia de la gente, que no se le arrime nadie... ¿de verdad plantearíamos una ordenanza para multar esta actitud?
#160 Yo sí sé de lo que hablo. De hecho lo que indica la noticia que ahora traes lo he expuesto en mi comentario #143, antes de que te calentaras la cabeza buscándolo. Lo que pasa es que en el caso que nos ocupa, no hay ordenanza que regule la vestimenta o prohíba el nudismo, por lo que lo que dices no viene a cuento. Esperemos que tu niña y tú viváis en algún municipio donde sí se regule para que así podáis ir tranquilos por la calle y no tengas que cruzarle la cara a nadie.
#140 Nadie ha dicho que debas permitir que le arrimen la cebolleta a la cara de tu hija de 5 años. Eso sería repudiable y encajaría en algún delito sexual. Pero tú has dicho que si vas por la calle con tu niña y te pasa un tipo con el rabo al aire le cruzas la cara. Y entonces sí me remito a mi comentario #139
#124 Es cierto que hay ayuntamientos que regulan esto. No es el caso de la noticia. Por otra parte, siempre se ha argumentado desde la defensa naturista que no se puede limitar por ordenanza un derecho fundamental como es, en sentido amplio, la ropa con la que eliges vestirte (o su ausencia). Sin embargo, esto muchas veces no ha sido compartido por las instancias judiciales y se mantienen las ordenanzas.
#110
1. El escándalo público no es un delito como tal.
2. Que te moleste a ti no significa que moleste al resto. No deberías imponer nada sobre las libertades de los demás. Esa ponderación no te corresponde a ti.
3. Dile a tu hija que no mire. Edúcala como quieras. Tápale los ojos. Las calles no son solo tuyas. Deja al resto vivir.
4. Te retratas usando la violencia contra alguien que no hace nada más que pasear.
5. ¿Pegarías a un niño que está desnudo en la playa si pasa cerca de tu hija? ¿Piensas que a tu hija le incomoda más el hecho de que sea un adulto?
Esto nos perjudica mucho a los nudistas, en el sentido de que favorece la creación de ordenanzas que limitan el ejercicio del nudismo en cualquier lugar.
Como indica la noticia, ir desnudo no constituye delito de exhibicionismo, consistente en la realización de actos obscenos delante de menores o personas con discapacidad intelectual (entiéndase sexo, masturbación, etc.).
Me hace gracia que algunos adultos piensen que el mero hecho de ver un desnudo va a agraviar a los niños. Como si en un vestuario no vieras padres que llevan a sus niños y niñas al vestuario del sexo del padre y les cambian con toda la naturalidad del mundo.
Por otra parte, está claro que puede resultar perturbador para alguien ver a un hombre desnudo por la calle, igual que hace años lo era ver a dos hombres cogidos de la mano, o como puede perturbar hoy en día ver a una pareja liándose en un banco en plena calle.
Al final se trata de una situación que incomoda a la sociedad porque no está acostumbrada. A un adulto le genera rechazo, y si va con niños, alegará la corruptible inocencia de estos para coartar la libertad de una persona que simplemente decide no cubrir su cuerpo e ir con toda la naturalidad con la que fue parido.
Si yo fuera él y tuviera los cojones para ser noticia en prensa, iría con una túnica de plástico transparente. ¿También va a dictar la sociedad cómo debe ser nuestra ropa?
Por otra parte, reprobable la actitud policial. Si saben que no constituye delito, no pueden imponerle que se cubra. Para mí eso se llama prevaricar.
#22 ¿pero tú entiendes la diferencia entre situación climática adversa y situación climática adversa y extraordinaria? No se trata de que seas una ONG, sino de que mínimamente te percibas realmente como parte de la sociedad. Por otra parte, no creo yo que el contrato de limpieza incluya meterse en tu casa a quitarte la nieve de tu balcón, de la rampa de tu garaje o de encima de tu coche. Y ya que lo pones en mayúscula, me refiero a eso de nuevo: el contrato que tú has pagado con la empresa de Madrid lleva incluido el número de trabajadores. Por lo tanto, si hay que meter más y el clima se lo permite, tendrán que cobrarlo.
#227 ¿Y con qué dinero piensas que pagan los sueldos de enfermería, gerencia, etc...? El concepto C que indicas es falaz en la medida que residual e ilegal. Perseguirlo y penarlo es correcto. Dar por hecho que ocurre no lo es.
El concepto A consiste en el pago al coste de materiales, personal y otros gastos, y el B al de honorarios/dividendos de las empresas, que son al fin y al cabo sus salarios en la mayoría de los caso (al igual que cobran los gestores de lo público). En otros casos puede ser recuperación de la inversión que han realizado. Inversiones a las que si se recurre se pueden ahorrar desde la pública. ¿O debemos asumir que en la pública las inversiones no las paga nadie?
Respecto a la bolsa, hay enfermeros (y otros sanitarios) que no se han presentado nunca a un examen o que se presentaron y suspendieron con el único propósito de entrar en bolsa. La experiencia que mencionas responde únicamente a ir sumando días en lo público, sin valoraciones del resultado del trabajo prestado ni de los conocimientos obtenidos.
130.000 euros es el coste mensual del contrato con la Cruz Roja en Madrid. No me parece ningún disparate. En lo público, contando que un enfermero cobre unos 3500 euros al mes (contando con cargas sociales -y sí, cobran mucho-), estaríamos hablando de 37 enfermeros. Si pones que hay dos turnos al día, y que hay que cubrir sábados y domingos, te quedas con un puñado de enfermeros. A lo mejor, si la Cruz Roja tiene enfermeros en nómina y están más descongestionados ahora, resulta que sí resulta que esta contratación es más barata que tirar de bolsa...
Y conste que no soy partidario de privatizar la Sanidad en absoluto. Creo que tenemos que tener una Sanidad Pública autosuficiente para circunstancias normales, que no son las que tenemos ahora.
#90 Y, sin entrar a valorar si el veterinario debería supeditarse a la ausencia de enfermeros, ¿por qué no puede un veterinario autónomo (o un enfermero autónomo) cobrar del dinero del Estado que también paga con sus impuestos de la misma manera que lo hacen los enfermeros de la bolsa de trabajo? ¿Y por analogía, por qué no puede hacerlo una sociedad donde también hay trabajadores que hacen su labor digna y honradamente? ¿Por qué se criminaliza la obtención de margen con el que se pagan los sueldos de empleados y socios, exactamente como hace la pública con impuestos? Por no hablar de que en una empresa privada el que no vale, suele ir a la calle. En las bolsas de trabajo, como no hagas algo muy chungo, te seguirán llamando y seguirás sumando puntos. No generalizo, pero no entiendo por qué descartas la idea de que la administración contrate en esta situación a empresas privadas para dar cobertura a las necesidades extraordinarias, pero veas fenomenal tirar de bolsa. Si la bolsa fuera una oposición y hubiera funcionarios sin plaza... pero no es así: son diplomados/graduados en una profesión con mucha salida que tienen el privilegio, que no el derecho, de que la sanidad pública de nuestro país tenga que contratarlos sin más concurso que el de ir sumando puntos. Ni entrevistas, ni exámenes...
Estaremos hablando en todo momento de veterinarios públicos (de esos que hay cuatro en la administración), ¿no? Porque con el revuelo que se está armando de la privatización, dudo que nadie apoye la contratación de veterinarios para esto... que al fin y al cabo es una privatización. Lo que hay que hacer es reforzar la maltrecha sanidad pública para que cuando no haya pandemia tengamos mil enfermeros en nómina contándose anécdotas en los pasillos del hospital y cobrando.
Esto es mezclar churras con merinas nivel Dios. Has asociado una visión político-económica sobre la renta básica con el alcoholismo, y un comentario clasista sobre protocolo de vestimenta con el luto nacional. Enhorabuena. Era complicado.
#62 no es que sea igual de efectiva, porque de ser así no existiría la de 600. Se trata de que en España nos hemos acostumbrado a tomar 600 mg como caramelos cuando dosis más pequeñas podrían ser suficientes para tratar muchas de las dolencias para las que solíamos tomar 600 mg (dolor moderado de cabeza), disminuyendo la aparición de efectos adversos.
#82 para estafar se debe tener voluntad de estafar. Otro tema es que te sientas estafado, que lo puedo entender. Sin embargo creo que con estos precios (que no son prohibitivos) los fabricantes intentan compensar otros precios bajos con los que se ven obligados a comercializar en España para entrar en la financiación de la Seguridad Social.
#87 como dije en #55, se va un poco al son de las exigencias que vienen de arriba. En mi caso no te daré sin receta un paracetamol que la requiera. Sin embargo, en este caso, hay algunas presentaciones financiadas (baratas, por tanto) cuyo estatus legal es “no sujetas a prescripción médica”.
No obstante reivindico que el sistema dual con/sin receta puede mejorar muchísimo para adaptarse a las necesidades reales de los pacientes.
#69 Genérico o no es una forma de decir financiado o no, ya que ser genérico per se no implica que sea barato, caro, con receta o sin receta. No he visto ningún ibuprofeno de 400 financiado cuyo estatus legal sea “no sujeto a prescripción médica”. Estaba el de NORMON, pero han pasado a ser “sujeto a prescripción médica”, imagino que a requerimiento de la AEMPS y debido al número de comprimidos por envase. Ibudol, sin embargo, si se puede vender sin receta, porque ese es su estatus legal, entiendo que porque lleva la mitad de comprimidos. También hay que tener en cuenta la indicación del medicamento en su ficha técnica: si le ponen que está indicado para tratar dolores leves a moderados de cabeza, por ejemplo, es razonable que no se requiera receta; pero si le ponen más indicaciones como (me lo invento) tratamiento del dolor producido por aneurisma cuando no responde a otros tratamientos (inventado, repito), cabe esperar que al llevar esa indicación se requiera receta porque es un médico el que debe juzgar el tratamiento con ese medicamento. Siempre se ponen las condiciones de dispensación más restrictivas si hubiera varias.
Soy farmacéutico y expongo mi punto de vista tras leer bastantes comentarios: me parece un absurdo la situación que estamos viviendo, pero lo único que hacemos es cumplir con la Ley. No es que para el ibuprofeno de 600 ahora el ministerio exija receta (siempre ha sido un medicamento sujeto a prescripción médica), o que de 400 se venda el caro en vez del barato (genérico). Otra cosa es que siempre ha habido una permisividad con este tema que ha cesado. El problema está en que el laboratorio de medicamentos, cuando solicita a la AEMPS la autorización de comercialización de los medicamentos, puede solicitar que sea sujeto a prescripción médica o no, autorizando la AEMPS si puede estar no sujeto a prescripción médica. Estos últimos deben llevar menos comprimidos que los otros porque están indicados para dolencias agudas que un paciente puede tratar por sí mismo, no así los otros envases (40 comprimidos) que se entienden para tratamientos más duraderos y que pueden llevar más complicaciones, requiriéndose supervisión médica.
Al margen de eso está el precio: cuando un medicamento se autoriza, el ministerio les ofrece a los laboratorios incluir ese medicamento en su oferta, regulando su precio: la sanidad pública es el mejor cliente y puede forzar precios. Sin embargo, a veces, cuando un medicamento es sin receta pierde interés para el laboratorio que sea financiable, pues tienen otro nicho de mercado, que es el paciente que lo quiere para el botiquín o consumo esporádico, y es en este punto donde tienen libertad para fijar precio en función del mercado.
Me gustaría que se comprendiera que el farmacéutico, o al menos yo como tal, no busco estafar a nadie. Por una parte esta claro que tomando un comprimido y medio de 400 puedes estar tomando 600 mg, y que vaciándote tres cajas de 10 comprimidos de paracetamol de 1g te puedes provocar una hepatitis fulminante, pero el tema no es ese, sino el uso indicado en la ficha técnica de esos medicamentos. En el tema de precio, no lo fijamos nosotros, sino el laboratorio titular con el visto bueno del ministerio. Y se podría haber seguido con la permisividad anterior a esta locura, pero resulta que entonces te viene la inspección y te sanciona por vender sin receta un medicamento sujeto a prescripción médica.
PD: Y sé que hay otros medicamentos que son con receta que se siguen vendiendo sin, pero es que ahora las inspecciones van buscando analgésicos y antiinflamatorios, lo cual no me termina de parecer mal. Creo que debería haber más clasificaciones para los medicamentos que simplemente con o sin receta, o que debería mejorarse mucho el sistema de prescripciones en España: ¿tiene sentido exigir la receta de una anticonceptiva, una viagra o un antidiabetico oral cada vez que el paciente crónico lo necesite? ¿Incluso si se le han olvidado los medicamentos en un viaje o se le ha olvidado ir al médico y es domingo? Atendiendo a la Ley, así debería ser.
#87 y el protocolo es el que marca la ISO de aplicación...
Procuro no posicionarme, pero el comunicado de Isdin me tranquiliza hasta que la autoridad competente tome cartas en el asunto... No sé si he leído en el Mundo o el País que el ministerio ha pedido más datos a la OCU por ser insuficientes...
#87 es un comunicado urgente que han sacado tras una grave acusación que brinda aún menos información y aporta menos evidencia, y donde constatan que la OCU no les ha facilitado los informes que emplean para acusar. En cosmética no hay organismo regulador que verifique el expediente cosmético antes de su puesta en el mercado. Hay un sistema de notificación de puesta en el mercado de la UE donde se desgranan la composición de los productos, así como unas leyes que cumplir con sanciones en caso de violarlas.
A mí la solución más justa e inclusiva que se me ocurre es crear una categoría para mujeres trans. No se puede decir que se discrimine por sexo pues existen categorías distintas para hombres y mujeres cis, y la categorización siempre ha ido motivada por las diferencias físicas. También entiendo que una mujer trans no quiera jugar en categoría masculina. Juntar todas las categorías haría que muchas mujeres dejarán de competir... Una categoría más sería la mejor solución, con la única pega de que revela datos de los contrincantes que a lo mejor no quieren publicar, pero está claro que hoy por hoy ya se conoce quien es trans en una competición...
¡Cómo va a haber natalidad con tan poca conciliación familiar! Todos los que han comentado hasta aquí, o trabajan de tarde/noche, o están parados o libran un día que no es domingo, o están de vacaciones en temporada baja... O están de baja como yo... Oye, ¡o a lo mejor tienen un horario que ya lo quisiera yo! O se rasgan las vestiduras mientras comentan en su tiempo de trabajo...
#5 con un microscopio óptico si intentas ver un segundo plano pierdes el primero porque no puede enfocarlo... Aún así, si te fijas, en ese vídeo se puede apreciar un poco de fondo cuando el organismo comilón se pliega sobre sí mismo, quedando la parte más profunda más borrosa... En microscopía electrónica si se aprecian las 3D.
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