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janfri

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Censurada en Sudáfrica la pintura de un torero matando a un minero negro [27]

  1. #4 Estoy totalmente de acuerdo. No creo que estas cosas deban censurarse, son denuncias a través del arte, que es como siempre se han hecho y gracias a ellas hemos conseguido que las cosas no se olviden. Defiendo la libertad de expresión artística por encima de todo. El arte siempre ha sido un medio de denuncia social, hay que protegerlo.

Un colegio de Zaragoza realiza una representación de alumnos disparando a gibraltareños (ING) [146]

  1. #32 No creo que se esté haciendo apología. Lo mismo podríamos decir de la estatua de Hernán Cortés, pisando la cabeza de un indígena. ¿Es apología de la colonización española? ¿Estamos incitando a la reconquista de los territorios de ultramar? No estoy de acuerdo.  media
  1. #31 #32 #52 #95 #121 Me reafirmo en que los maños son buena gente porque tengo muchos amigos por esa zona. Y aclaro que en las representaciones teatrales y a través del arte en general es como se ha permitido durante toda la historia que los hechos se denuncien, se satiricen, se riduculicen o simplemente se digan. Se puede representar teatralmente cualquier cosa y cada uno que lo interprete. En este caso lo que parece claro es que se están burlando de la situación gibraltareña y por lo visto hacen una crítica de esa forma. Que se pueda interpretar mal o darle la vuelta, eso ya es otra cosa. A mí me parece que lo que estos chicos hacen es parodiar una situación real. Que la opción sea o no de mal gusto, eso sí que lo podemos discutir. Pero no creo que esté prohibido hacer algo así.
  1. Los maños son muy buena gente, pero su carácter es único en el mundo. Son muy expresivos, siempre se ha dicho que son bastos, pero la verdad es que se expresan como mejor les sale. Dicen las cosas claras y sin rodeos. No creo que sea nada malo, hay libertad de expresión que no debe cercenarse y menos en representaciones teatrales. Podemos cuestionar si en las escuelas es correcto hacer alarde de la violencia, es lo único que pienso que excede de la normalidad.

Segundo grado para Carcaño, que podrá pedir permisos carcelarios [8]

  1. #5 #6 Siendo objetivos, lo raro es que un penado por homicidio esté en primer grado tanto tiempo. Repito que el 2º grado es el régimen ordinario, el 1º es excepcional para penados muy peligrosos y el 3º es el régimen de semilibertad, al que se accede cuando ya se ha cumplido una parte considerable de la condena y presenta pronóstico favorable de reinserción. Lo siguiente es la libertad condicional (a las 3/4 partes de la condena y con buen pronóstico, etc.), y lo último es la extinción de la pena y la libertad plena cuando se termina de cumplir toda. Nuestro sistema penitenciario es progresivo, se progresa en grados, pero se parte del 2º casi siempre, aunque es posible la regresión. En fin, para mí la noticia es irrelevante. La noticia sería si no le conceden el 2º grado por presión mediática. Eso lo menearía, esto no.
  1. Perdón, pero es que el 2º grado es el régimen ordinario y el normal, en el que están la mayoría de presos (sean preventivos o penados). El 1º grado es el de aislamiento absoluto, en el que sólo se clasifica a los internos en casos excepcionales, cuando son extremadamente peligrosos o cuando se refugian de los otros presos, entonces ellos lo piden voluntariamente para evitar que los linchen. También el 1º grado sucede cuando el 2º grado no funciona bien con ese interno, se mete en peleas con los funcionarios, acumula sanciones disciplinarias, etc. Por lo general hay que estar en 2º grado. Así que lo veo normal que se lo hayan dado. Eso de que puede pedir permisos es también normal, pero que los pueda pedir no significa que se los concedan. Eso ya se verá cuando los pida, que todavía no hay constancia de nada de eso.

Nuevo Código Penal: penas de hasta 3 años por modificar consolas o 'rootear' móviles con fines comerciales [285]

  1. Nuevo código penal actualizado.  media

Jueces para la Democracia dice que el Código Penal "retrotrae a tiempos anteriores a la Constitución" [58]

  1. Nuevo código penal actualizado.  media

Nuevo Código Penal: penas de hasta 3 años por modificar consolas o 'rootear' móviles con fines comerciales [285]

  1. Bueno chicos. Nos vemos en el talego. Saludos.

El Gobierno, al abordaje de la piratería: penas de prisión para las páginas de enlaces [107]

  1. Es el fin del mundo. Adiós a series yonkis. Sólo falta que prohíban el youtube.
  1. #15 No es dupe, la otra era la portada de El país, ésta en la noticia entera, que es la que interesa porque va el artículo completo que hay que leer (recomiendo). Esto de las portadas está tumbando todas las noticias de primera página de los diarios, que no llegan a menéame por este motivo.

Fallece el jurista Eduardo García de Enterría a los 90 años de edad [5]

  1. Día triste para el mundo del Derecho. A él le debemos gran parte de la construcción e implementación de los derechos fundamentales. Uno de los más grandes juristas que ha habido en España. Descanse en paz. www.direitodoestado.com.br/dm.asp?num_id=20

Pediatras ven 'extremo' subir de 13 a 16 años la edad de consentimiento sexual [26]

  1. Claro, lo que pasa es que tragarse todo el proceso es ya bastante angustioso. Soportar la carga del proceso, el gasto en su caso, las medidas cautelares (obligación de firmar cada 15 días, etc.) y los varios años que puede durar dependiendo de en qué partido judicial te caiga el asunto, pues ya contiene una carga punitiva. Muchos profesores hablan de "pena de banquillo", y mi posición es que habría que limitar estas situaciones al máximo posible, a través de formulaciones legales que no produzcan situaciones tan drásticas. El juicio oral puede atentar contra la dignidad de la persona, según los casos. Es lo que queremos evitar en este siglo, pero veo que vamos hacia la dirección contraria. Saludos.
  1. #22 Aparte, la relevancia penal de las relaciones sexuales en menores de 16 años es la regla general, que se aplicará preferentemente y de forma automática, salvo que se acrediten unos criterios de desarrollo psíquico irrelevante, que aparte de ser muy abstractos e imprecisos (por no decir lo difícil de acreditarlos), supone que lo difícil va a ser la aplicar la excepción que comentas y además, que esa posibilidad sólo podrá ser acreaditada durante el proceso, con lo cual, el proceso penal, incluido el juicio oral, se lo va tragar enterito. Y en la sentencia el juez decidirá si aplica o no esa excepción brillante que proclama como solución ante situación de irrelevancia penal por desarrollo psíquico. Pero en el banquillo se sienta el novio mayor de edad y ya veremos si lo absuelven. Ese es el sentido de la reforma.
  1. #22 Bueno, pues si no lo ves no pasa nada. No lo veas. Pero en general en todos los delitos se puede ser autor o partícipe, es una cuestión de parte general, no necesariamente de parte especial. Todo el que tenga participación en los hechos puede ser imputado por el delito cuando se produce el resultado. Si el padre participa de alguna forma en el aborto, porque lo consiente, lo propone o coopera con actos necesarios para su ejecución, responde penalmente como coautor, cómplice o cooperador necesario según los casos. No hay inconveniente dogmático para eso en nuestro sistema penal. Además, cabe la modalidad imprudente, la modalidad de comisión activa y la omisiva (comisión por omisión).
    Sobre las excepciones que me planteas, precisamente eso es lo más peligroso, las cláusulas abiertas en las que queda al libre criterio del juez determinar en qué casos castiga y en qué casos no y con qué medida, porque se presta a la arbitrariedad judicial y a que casos idénticos o muy parecidos encuentren tratamientos penológicos muy distintos. Son cláusulas que se usan con mucha frecuencia en Alemania, donde el nivel y formación de los jueces y fiscales está mucho más evolucionado que en nuestro caso, por eso puede dar buenos resultados, aunque es una opción político-criminal que también es muy criticada. Mi ejemplo no está cojo, porque la posibilidad que indico es una posibilidad más, la previsión no excluye en todos los casos de responsabilidad cuando estamos ante personas de 15 años, por lo que es perfectamente posible que suceda. Y te digo más, suele pasar que lo que parece ser excepcional (que se castigue con 15 años) luego en la práctica se convierte en la regla general, dependiendo del criterio de los fiscales (impuestos por la fiscalía general del estado que depende del ejecutivo) y de los criterios de los jueces, porque suele pasar que en una de tantas el supremo marca la línea jurispudencial a seguir y todos a repetirla como loros. Lo mejor es establecer en la ley un criterio claro para todos igual, que debe ser lo menos restrictivo posible para evitar situaciones como la que planteo en mi ejemplo. Es mi opinión.
  1. #20 Puede que no haya explicado bien, pero el ejemplo está más claro que el agua, desde mi punto de vista.
    El delito de aborto, tal y como está regulado hoy, castiga con multa de 6 a 24 meses a la madre que practique un aborto lo consienta, art. 145.2 del Código Penal, pero es un delito que sólo se aplicaría en los casos no cubiertos por la ley de salud sexual y reproductiva (Ley Orgánica 2/2010). Con la reforma del anteproyecto de Gallardón, los supuestos en que se puede abortar son mucho más limitados, porque lo que se reforma, además del código penal, es esa otra ley orgánica. La madre a día de hoy sólo puede ser castigada penalmente por abortat si lo hace sin sujeción a esa ley. Con la reforma, no habrá prácticamente cobertura para abortar, por lo que la madre que aborte, será castigada penalmente casi siempre. Aparte todos los que intervengan, como autores o partícipes.
  1. #18 Me parece que quien no lo entiende eres tú. En el ejemplo que ponía, de la chica que 15 años que se queda embarazada de un chico de 19, y además aborta, el chico comete el delito de relación sexual no consentida que según la reforma propuesta por el ministro puede llegar hasta 12 años de prisión, más otro delito de aborto que según la propuesta del mismo ministro, puede llegar a los 10. Ya tenemos que la pena para el chico puede llegar a los 22 años de prisión. La chica comete el aborto únicamente, pero por ser menor de edad, no se la juzga en un proceso de adultos sino en el de menores en la jurisdicción especial que hay para ellos. Y la sanción que le pueden imponer puede llegar a varios años de internamiento en régimen cerrado en un centro de menores.
  1. El problema lo vamos a tener cuando con quince años haya un embarazo y también sea delito el aborto. Serán 12 años por la relación sexual no permitida y otros 10 por el aborto si se llega a hacer. Y la chica 2 años al centro de internamiento de menores por delito de aborto. La cosa ya está desmadrando...

La edad mínima de consentimiento sexual pasará de los 13 años a los 16 [189]

  1. Es que los 13 a los 16 es la edad de masturbarse. Hay que preservar esa buena costumbre para el mantenimiento de la esencia de la pubertad. Hay que joderse.

Caso Nóos: Hacienda informa de pagos del Rey a Urdangarin y la Infanta [63]

  1. El rey no está siendo investigado. Sólo la hija y el yerno (y las sociedades), se investiga de dónde viene esa deuda de la niña, y ha salido en Hacienda que se la debe a su padre (en vez de aun banco como los demás mortales). Ya está. Qué notición!
  1. ¿No le puede hacer un préstamo el rey a su hija para compar una casa? Ups. Mi padre hizo lo mismo conmigo para que me pudiera comprar un pisito de mierda en la burbuja que ahora no vale ni la mitad y que encima aún se lo debo. Igual salgo como noticia un día de estos en menéame.

Dos hermanos acaban en el hospital tras una pelea por la herencia de sus padres [9]

  1. Se repartieron igual para todos.

No es ciencia-ficción: Transplante de cerebro a un robot para poder seguir viviendo después de la muerte [ENG] [163]

¿Es nuestro sistema solar un lugar privilegiado para la vida? Llega el antropocentrismo cosmológico [71]

  1. Esto ya lo dijo Sheldon Cooper en la 3ª termporada de Big Bang Theory.

La aseguradora de Renfe contrata al bufete que defendió a Spanair [3]

  1. Da lo mismo, los van a crujir en el juzgado.

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