#20 creo que eres tú el que no sabe leer. El autor compara la facilidad de la actual reforma constitucional (que no requiere referéndum) con la sucesión monárquica (que sí lo requiere). Así que antes de dar lecciones aplícate tú el cuento.
#21 ¿interesa levantar los cimientos del actual estado por una chorrada que a casi nadie le importa? (¿crees en serio que a la gente le importa si dentro de 40 años reinará Leonor o un hipotético futuro hermano suyo?). Abrir ese melón no es moco de pavo: con los mismos pasos que se necesitan para cambiar la ley sucesoria se podría desde proclamar la república a prohibir los partidos políticos.
Y el PP y PSOE han demostrado claramente que no les interesa el tema.
1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar, al Capítulo II, Sección I del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.
En resumen: mayoría de 2/3 > nuevas cortes > nueva mayoría de 2/3 > referéndum
#21 ¿interesa levantar los cimientos del actual estado por una chorrada que a casi nadie le importa? (¿crees en serio que a la gente le importa si dentro de 40 años reinará Leonor o un hipotético futuro hermano suyo?). Abrir ese melón no es moco de pavo: con los mismos pasos que se necesitan para cambiar la ley sucesoria se podría desde proclamar la república a prohibir los partidos políticos.
Y el PP y PSOE han demostrado claramente que no les interesa el tema.