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Felipe González entra en el consejo de administración de Gas Natural Fenosa [94]

  1. No entiendo tantas críticas, alquien me puede explicar por qué que un ex-presidente (cualquiera) del gobierno ocupe un cargo en una empresa privada supone un problema. Yo prefiero que sea una empresa privada quien le pague el sueldo en lugar de que todos le paguemos con nuestros impuestos un sueldo de por vida.
  1. #23 La ley es la misma tanto para el presidente como para el resto de miembros del gobierno. La del 95 noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r1-l12-1995.t1.html y la del 2006 que he puesto antes. Esto es lo que dice la del 95

    4. Durante los dos años siguientes a la fecha de su cese los altos cargos no podrán realizar actividades privadas relacionadas con expedientes sobre los que hayan dictado resolución en el ejercicio del cargo, ni celebrar contratos de asistencia técnica, de servicios o similares con las Administraciones Públicas.

    Asimismo, y con la excepción de las personas previstas en el artículo 1.2.f), aquéllos que perciban retribuciones, indemnizaciones o cualquier otro tipo de prestación compensatoria como consecuencia de su cese, no podrán intervenir en actividades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo ocupado. Esta obligación no se extinguirá por la renuncia a la prestación económica.

    noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r1-l12-1995.t1.html#a2

    Y si no sácame la parte de la ley que sea que diga lo de las incompatibilidades de por vida de los ex presidentes de gobierno.
  1. #17 Tú has dicho que tiene sueldo vitalicio, yo te lo he negado. Ahora vienes con otra, "que renuncie a su sueldo no le hace compatible" ¿Por qué? ¿Por qué lo digas tú? Y no sé que hablas de 16 años, las incompatibilidades son por dos años como máximo según la actual ley

    Artículo 8. Limitaciones al ejercicio de actividades privadas con posterioridad al cese.

    1. Durante los dos años siguientes a la fecha de su cese los altos cargos, a los que se refiere el artículo 3, no podrán desempeñar sus servicios en empresas o sociedades privadas relacionadas directamente con las competencias del cargo desempeñado. A estos efectos se considera que existe relación directa cuando se den cualquiera de los siguientes supuestos de hecho:

    noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l5-2006.t2.html#a8

    Ah, y Zaplana no dijo nada de "en política para forrarse" www.elpais.com/articulo/opinion/Zaplana/Zaplana/elpepiopi/20100411elpe
  1. #16 Claro que renunció: como bien dice el artículo, renunció precisamente para no limitar sus actividades privadas.

    Porque, ¿quién quiere un sueldo de 60.000€/año, cuando puede cobrar eso mismo por dar una sola conferencia de una o dos horas? ¿O casi cuatro veces eso por ser consejero de una empresa? Que además no es incompatible una cosa con otra, al ser todas privadas.

    www.elmundo.es/mundodinero/2010/12/17/economia/1292588118.html

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