Soy hombre heterosexual y ahora mismo estoy llorando después de leer tu historia. No quiero que mis hijos crezcan en un mundo así. Gracias por contarlo.
#194 Disculpa, no había leído con el debido detenimiento tu explicación y tiene sentido. En todo caso será muy interesante leer el pronunciamiento judicial.
Gracias y un saludo.
#34 He visto que hablas de que un acto administrativo no necesita publicarse para producir efectos, pero en este caso es un Decreto, que es una disposición administrativa de carácter general, y por tanto no se trata de un acto, sino de una norma. Para que produzca efectos se debe publicar. Además los efectos no podrían ser retroactivos.
#3 Pues yo creo que en la escuela también se deben enseñar valores democráticos, entre los que se incluyen el respeto a los demás, la igualdad, solidaridad, la no discriminacion por razón de sexo, color de piel, religión, origen, orientación sexual, etc... No creo que se trate de ninguna locura ni ningún radicalismo.
Como sociedad tenemos el deber de inculcar a los niños y niñas estos valores que, repito, son valores básicos en nuestra democracia.
#119 No los transforman en nada. Siguen siendo personal laboral fijo, pero sus categorías y retribuciones pasan a ser similares (que no iguales) a las categorías de funcionarios de carrera.
Pero de ahí a que acaben siendo funcionarios de carrera va un trecho, lo que sí es cierto es que ahora se les abre la posibilidad de participar en oposiciones restringidas a funcionarios y otros procesos que les pueden llevar a ser funcionarios de carrera, pero siempre con una oposición (aunque ciertamente con mayor ventaja que los que están fuera de la administración)
#47 Vamos a ver, ni se les convierte en funcionarios ni en interinos. Como dice en la noticia, se les equipara. Esto lo único que significa es que se clasifica sus categorías en una equivalentes a funcionarios. Es un paso previo para que puedan tener un derecho a la movilidad similar a los funcionarios, para que puedan participar en procesos de promoción interna en los que solo pueden participar funcionarios de carrera, e incluso en procesos de funcionarización.
#3 Artículo 25.2 de la Constitución: "Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social..."
#8 el problema no es lucir cuerpo, bonito o no, el problema es que te contraten por eso, que te utilicen como objeto sexual, que en lugar de buscar una buena comunicadora para presentar cualquier programa o informativo se priorice a tías buenas para usarlas como reclamo sexual.
Si eres mujer y no ves eso....
Artículo 46 de la Constitución de la II República:
"El trabajo, en sus diversas formas, es una obligación social, y gozará de la protección de las leyes. La República asegurará a todo trabajador las condiciones necesarias de una existencia digna. Su legislación social regulará los casos de seguro de enfermedad, accidentes, paro forzoso, vejez, invalidez y muerte; el trabajo de las mujeres y de los jóvenes y especialmente la protección a la maternidad; la jornada de trabajo y el salario mínimo y familiar; las vacaciones anuales remuneradas; las condiciones del obrero español en el extranjero; las instituciones de cooperación, la relación económico-jurídica de los factores que integran la producción; la participación de los obreros en la dirección, la administración y los beneficios de las empresas, y todo cuanto afecte a la defensa de los trabajadores."
#5 La violencia nunca puede ser solución y menos con un menor. No funciona como medida pedagógica, solo enseña a resolver los problemas mediante la violencia. Probad a aplicar la frase "una bofetada a tiempo..." en una relación de pareja, de un jefe a su subordinado, etc.
No entiendo a todos los que os indignáis con las declaraciones de Pla como si fueran ciertas. Es un tío que juega con la ironía y la provocación de toda la vida y a algunos nos gusta y nos resulta gracioso. Me parece mucho más insultante el nivel intelectual de los que se toman en serio estas declaraciones.