#242 No soy el experto pero te respondo: sí, tendrías preferencia.
Piensa en que pasaría si en vez de una rotonda fuera una carretera recta a la que te incorporas. ¿Verdad que tendrías preferencia? Pues en la rotonda igual
Pero a ver, si la rotonda es de estas que tienen 15 metros de diámetro tienes tiempo de sobra para cumplir con la normativa y usar el carril interior como debe usarse y si alguien usa sólo el carril exterior tienes tiempo de sobra para incorporarte.
Si la rotonda es de las canijas no le veo la utilidad a coger el carril interior, ya que no da tiempo a hacer tantas maniobras.
Y en cualquier caso, si vas por el interior y no puedes salir, pues das otra vuelta que tampoco es el fin del mundo.
Y si no puedes entrar, pues lo mismo, paciencia y ya entrarás, igual que en cualquier acceso a cualquier carretera.
Si todos cumpliesen la normativa no habría problema: utilizar carril interior para adelantamientos, poner intermitentes para cualquier cambio de carril y poner intermitente derecho cuando vayas a salir (nada de usar el intermitente izquierdo).
El problema, como se demuestra en vuestros comentarios, es que cada uno toma las rotondas a su puta bola y pasa lo que pasa; la normativa popular no existe.
El peaje es para las distribuidoras. Las comercializadoras son las que deberían ajustar sus precios conforme a los nuevos peajes, y creeme que algunas pequeñas como Som Energia u Holaluz intentarán hacerlo así.
#64 Lo siento, pero no nos entendemos.
Si una compañía todo su dinero lo invierte en representar a los productores de energías renovables ese dinero no va para las energías sucias. Cuantos más clientes tengan más dinero para las renovables, así de fácil.
#61Las comercializadoras y cooperativas que ofrecen energía verde se apoyan en un certificado emitido por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que avala la garantía de origen de la energía que han adquirido a las productoras de energía (quienes, a su vez, acreditan el origen renovable de su producción).
Si las comercializadoras o cooperativas adquieren la cantidad de energía renovable equivalente al total de lo que demandan sus consumidores, pueden decir, de acuerdo a esa certificación, que ofrecen energía 100% renovable.
Si compañías como Som Energía o Holaluz repesentan a productores o producen renovables, son compañías verdes.
La energía que compran y venden es renovable, la que consumes no.
#5 Porque de esas ya se presumió en su momento (y cuando estudias audiovisuales también se habla de alguna de ellas). Ahora es el turno de las nuevas, no veo que sea excluyente o incompatible.
#44#52 Bueno a ver.
Lo que una comercializadora paga a las distribuidoras son los peajes marcados por ley, pero la energía se compra en el pool o directamente inciertes en productores renovables, que no es lo mismo.
#31 Por principios te recomiendo Holalu o Som Energia.
A nivel de servicio sólo puedo hablar de mi experiencia con Holaluz y es inmejorable (llevo 5 años).
Si necesitas más información puedes consultar lo que quieras.
#51 Pero tanto Holaluz como Som Energía son 100% renovables y eso sí tendría un impacto mayor en la producción de energía si su volumen de clientes fuera más grande.
Yo tengo claro que el futuro está en estar en una comercializadora 100% verde. Sabes que toda la pasta la invierten en esa producción y no en la otra.
#6 No. El PVPC puede ofrecerlo cualquiera. El PVPC simplemente se basa en los precios de cada franja horaria en función de muchas cosas. Una comercializadora del mercado libre puede usar la curva horaria del PVPC como referencia para facturarte siempre y cuando tu hayas contratado esa modalidad. Se le suele llamar precio indexado o tarifa indexada.
De la página de REE:
El 1 de abril de 2014 entró en vigor la normativa que regula el nuevo sistema para determinar el coste de energía de la factura de electricidad, el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).
En este sentido, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, Red Eléctrica da a conocer, a través de su página web, los precios horarios del término de energía que se aplican en la factura eléctrica de los consumidores con una potencia contratada no superior a 10 kW y que estén acogidos al PVPC.
De la wikiprfia: El feminismo es un conjunto heterogéneo[1] de movimientos políticos, culturales, económicos y sociales que tiene como objetivo la búsqueda de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres,[2][3][4][5] y eliminar la dominación y violencia de los varones sobre las mujeres y[6] de los roles sociales según el género,[7] además de una teoría social y política.
También puedes buscarlo en la RAE o mil sitios más. Lo de la noticia no es feminismo no tiene nada que ver con el feminismo.
Artículo 16. Modificación del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
El Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, se modifica en los aspectos siguientes:
Uno. Se modifica el párrafo 1.º del artículo 5.4, que queda redactado en los siguientes términos:
«1.º El consumidor o su mandatario, de acuerdo con el ámbito de aplicación de las tarifas de acceso establecido en el artículo 1, apartado 1, del presente Real Decreto, podrá elegir la tarifa y modalidad que estime más conveniente a sus intereses entre las oficialmente autorizadas para el uso de las redes por el suministro de energía que el mismo desee demandar, siempre que cumpla las condiciones establecidas en el presente Real Decreto. Asimismo, el consumidor podrá elegir la potencia a contratar, debiendo ajustarse, en su caso, a los escalones correspondientes a los de intensidad normalizados para los aparatos de control.
No obstante, lo anterior, el consumidor podrá contratar la potencia en múltiplos de 0,1 kW siempre que la potencia contratada no supere los 15 kW y disponga de contador que permitan la discriminación horaria y la telegestión.»
Creo que una de las medidas más prometedoras es la que hace referencia a la potencia contratada, que es donde muchas veces nos crujen con los costes:
Este real decreto-ley también contiene medidas dirigidas a incrementar la protección del conjunto de consumidores de electricidad, lo que permitirá optimizar la contratación de este suministro y reducir la factura eléctrica.
Así, si se dispone de contador digital, se podrá contratar la potencia en múltiplos de 0,1 para ajustarla con exactitud a las necesidades de consumo, frente a los actuales escalones de contratación de potencia eran de 1,1 kilovatios (kW).
Teniendo en cuenta que en el último trimestre de 2017 casi el 40% de los hogares tenía una potencia contratada entre los 4 y los 6 kW, existe un margen para el ajuste y, por tanto, para el ahorro y la eficiencia en el consumo. Por ejemplo, un cambio de potencia de 0,5 kW – de 4,6 a 4,1 kW- podría suponer un ahorro en la factura anual de 26 euros en un hogar tipo, en el que vivan cuatro personas, estima el Ministerio.
#6 Cada niño es un mundo y a unos les puede afectar y a otros no.
No obstante, el punto es que estás anteponiendo una satisfacción chorra del adulto al bienestar del niño. ¿Por qué acercarse de esa manera a un infante cuándo esa necesidad es del adulto y no del pequeño? Eso sólo demuestra una falta de habilidades comunicativas por parte sel adulto.