se te vota negativo el acoso y hostigamiento que haces. Usar hilos de noticias para tus campañas personales, hacer uso de tu karma para intentar censurar la libre opinión, nombrar 30 veces seguidas a un admin para que baneen a todos los usuarios que no te gustan.. incluso tu mismo te quejas en otros hilos de que no se pueden publicar los votos y te pones a hacer campaña públicamente de acoso porque te votan muro de pago a enlaces con muro de pago...
lo que estas haciendo infringe las normas y busca el conflicto constante.. por no decir que insultas llamando "troll", "campeón" e incluso analfabeto a tus enemigos imaginarios porque no te doran la píldora
@N1984 Eso para venderlo. Para uso privado no se requiere. Y compartirlo con los amigos o la familia se considera uso privado. Te extrañará saber que un licor casero aún es un regalo bastante apreciado en según que sitios.
@N1984 Igual no sabes como funciona la cosa. La licencia es un tema fiscal. Vas a Hacienda, pides un permiso para X litros, pagas la tasa correspondiente y te dan los sellos para las botellas. Fin. No va nadie a tu casa a tomar muestras del producto ni se analiza en laboratorio. Lo más que pueden hacer es sellarte el alambique si no lo usas, para evitar un fraude de impuestos.
@N1984 Tenemos CIF del tipo G- sin ánimo de lucro y todas las declaraciones de Hacienda nos salen a devolver.
Creo que la conversación ya no va a ningún lado, pues no veo avance en tu entendimiento a pesar de los argumentos.
Cuando se organice la próxima feria internacional de cerveceros artesanos si quieres quedamos y nos conocemos en persona, allí hay auténticos expertos con paredes llenas de títulos
@N1984 Si quieres te puedo pasar varios bufetes específicos sobre este asunto. Pero vaya, que:
Primero: te inventas las interpretaciones legales y eso te acerca al "porque patatas".
Segundo: acusas de delitos sin pruebas, rozas la injuria.
Tercero: obvias lo que significa uso doméstico/ autoconsumo, no respetas la libertad individual.
Cuarto: Lo más grave y que no veo que reconozcas: no distingues entre uso pedagógico y uso comercial en tus interpretaciones. Quinto: premio
@N1984 Am, ahora entiendo tu confusión, es que esas no son las definiciones de esas palabras.
Revisa el diccionario:
Promover = impulsar algo a realizarse.
Despachar = siempre es relacionado con un negocio (venta).
@N1984 "despache o suministre", "promover o facilitar" es tan evidente que no aplica que no te lo incluí en el resumen.
En serio, ¿ves algo que aplique en estás 4 palabras?
@N1984 Justo esos artículos del Código Penal, del 359 al 367, son específicos para el comercio, con lo que tú mismo has podido comprobar a lo que me refiero.
Esto es, que vendas sin autorización está penado, es decir, es ilícito, no has pagado los impuestos especiales porque no tienes autorización.
Insisto, esos artículos son de actividades económicas no autorizadas, no de Sanidad.
Espero que lo entiendas
Si no sabes interpretarlos o no tienes conocimiento de la jurisprudencia al respecto, te invito a que te informes debidamente antes de solicitar aplicar un reglamento que no existe, de hecho, hay un vacío legal y por eso NO está penado el autoconsumo doméstico.
@N1984 También existe riesgo sanitario si haces una tortilla de patatas para tus amigos. Pero ese no es el tema.
Lo mínimo que deberías de hacer para fundamentar tu opinión es enlazar la Ley sanitaria que prohíba el destilado para autoconsumo. Búscala a ver si la encuentras.
La Ley que existe es de Hacienda y aplicable solo si no es autoconsumo.
@N1984 Es ilegal no por el metanol, sino porque no está fiscalizado. Es un tema de impuestos (Hacienda) no de sanidad. Infórmate, el destilado doméstico para autoconsumo es 100% legal.
Y cualquiera que destile, sabe perfectamente que hay que descartar cabeza y cola
Pues no te preocupes que yo seguiré con mi cruzada hasta que algún admin de este foro haga algo de una vez.
No se puede tolerar que 3 usuarios voten durante 24 horas TODO LO QUE PUBLICO NEGATIVAMENTE y aquí no pase nada.
Concretamente Me has votado 16 veces negativo de tus últimos 24 votos a noticias
www.meneame.net/user/N1984/shaken ahí la prueba
se te vota negativo el acoso y hostigamiento que haces. Usar hilos de noticias para tus campañas personales, hacer uso de tu karma para intentar censurar la libre opinión, nombrar 30 veces seguidas a un admin para que baneen a todos los usuarios que no te gustan.. incluso tu mismo te quejas en otros hilos de que no se pueden publicar los votos y te pones a hacer campaña públicamente de acoso porque te votan muro de pago a enlaces con muro de pago...
lo que estas haciendo infringe las normas y busca el conflicto constante.. por no decir que insultas llamando "troll", "campeón" e incluso analfabeto a tus enemigos imaginarios porque no te doran la píldora
@Ergo
@Ergo
Creo que la conversación ya no va a ningún lado, pues no veo avance en tu entendimiento a pesar de los argumentos.
Cuando se organice la próxima feria internacional de cerveceros artesanos si quieres quedamos y nos conocemos en persona, allí hay auténticos expertos con paredes llenas de títulos
Primero: te inventas las interpretaciones legales y eso te acerca al "porque patatas".
Segundo: acusas de delitos sin pruebas, rozas la injuria.
Tercero: obvias lo que significa uso doméstico/ autoconsumo, no respetas la libertad individual.
Cuarto: Lo más grave y que no veo que reconozcas: no distingues entre uso pedagógico y uso comercial en tus interpretaciones.
Quinto: premio
Revisa el diccionario:
Promover = impulsar algo a realizarse.
Despachar = siempre es relacionado con un negocio (venta).
En serio, ¿ves algo que aplique en estás 4 palabras?
Intento resumirlo muy telegráfico:
359: debidamente autorizado = venta lícita
No aplica.
361 bis:
• distribución = venta
• difusión = publicidad de venta
No aplica.
Fin.
Esto es, que vendas sin autorización está penado, es decir, es ilícito, no has pagado los impuestos especiales porque no tienes autorización.
Insisto, esos artículos son de actividades económicas no autorizadas, no de Sanidad.
Espero que lo entiendas
Si no sabes interpretarlos o no tienes conocimiento de la jurisprudencia al respecto, te invito a que te informes debidamente antes de solicitar aplicar un reglamento que no existe, de hecho, hay un vacío legal y por eso NO está penado el autoconsumo doméstico.
Lo mínimo que deberías de hacer para fundamentar tu opinión es enlazar la Ley sanitaria que prohíba el destilado para autoconsumo. Búscala a ver si la encuentras.
La Ley que existe es de Hacienda y aplicable solo si no es autoconsumo.
Y cualquiera que destile, sabe perfectamente que hay que descartar cabeza y cola