#45 Ya, es que el marron puede ser serio... yo no jugaria con ciertas cosas. Aqui se cuentan historias que quedan en anecdota, pero la guardia civil en principio no te acribilla asi de primeras, pero alli...
En principio hace años cualquier ayuntamiento medio grande te hace registrarte y tal, al menos en los de los campos que iba yo.
#20 La Conselleria de Interior anunció que los mossos sancionaron los incidentes de Móra la Nova por infracción grave consistente en daños al dominio público a tenor de la Ley 4/2015 (más conocida como Ley de Seguridad Ciudadana). twitter.com/interiorcat/status/1030886647548792832
Los daños o deslucimiento de bienes de uso o servicio público constituyen una infracción leve, no grave, tal y como se recoge en la Ley 4/2015, artículo 37.13 13. Los daños o el deslucimiento de bienes muebles o inmuebles de uso o servicio público, así como de bienes muebles o inmuebles privados en la vía pública, cuando no constituyan infracción penal
El blandir armas sí sería infracción grave según el artículo 36.10 de la ley mencionada, que cito ahora: 10. Portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, aún cuando en este último caso se tuviera licencia, siempre que dichas conductas no constituyan infracción penal.
Las PISTOLAS DE JUGUETE deben llevar la boca pintada. No la tienen ni mi AK 74S, M4, Thompson, MP 5, M1911...