#9 Sin entrar a valorar el contenido del escrito, es llamativo que se escriba un artículo público valorando la veracidad de una denunciante de violencia sexual.
Ahora con Errejón todo el mundo habla de que hay que esperar a ver su declaración, la explicación de los hechos, el avance de las investigaciones. Nadie da por hecho que Íñigo Errejón es un depredador sexual.
Pero cuando el agresor es un futbolista o una persona aleatoria, no somos tan cautos y respetuosos con la presunción de inocencia.
#14 Si ella dice que no consintió, nadie puede entrar a valorar circunstancias como las que describes (de las que se podría deducir consentimiento o ausencia de consentimiento).
O al menos eso es lo que ha defendido Sumar y el propio Errejón.
Llama la atención que mucha gente está diciendo que ya se sabía, que era conocido por muchos, que ya se había oído algo...
Este silencio colectivo que protege al hombre de izquierdas, ¿Existe también en otros casos distintos del de Errejón? ¿Hay más líderes o militantes de Sumar babosos y acosadores que se están librando de ser señalados?
Me extrañaría que Errejón fuese el único y nadie de su entorno participase en comportamientos similares, o le ayudase a encubrirlo todo.
#5 El haber nacido en España tampoco implicaría que fuese español.
En el fondo sabemos de lo que se está hablando: el de VOX quiso imputar el delito a un moro/negro cliché de inmigrante malvado, que es el estereotipo que manejan siempre que hablan de inmigración.
#4 Fiscalía ha acusado por delito de odio a gente de derechas (como este pollo de Vox) y de izquierdas (ej: Cubero, de Zaragoza), estando el mismo o diferente partido en el gobierno, desde 2015, que es cuando se introdujeron en nuestro CP los delitos de odio.
Tienes bastantes ejemplos de ambos lados, y no son difíciles de encontrar.
#67 Esos casos que comentas son robo, pero robo con fuerza en las cosas.
Los robos con violencia son los que implican agresiones o intimidación a las víctimas del robo o a quienes acuden en auxilio de las víctimas o persiguen al ladrón.
Porque esta noticia beneficia sobre todo a Podemos, que va a recoger votantes de la sacudida que se va a pegar Sumar.
Hoy en Canal Red están abriendo una botella de champán, pero sin hacer mucho ruido, que estas cosas tampoco son para celebrarlas (o por lo menos, para que los demás se den cuenta de que las estás celebrando...)
#32 Parece que es el turno de última palabra del juicio.
En los juicios penales el último que habla siempre es el acusado, al que se le da un turno para que añada cualquier valoración o lo que quiera decir en su defensa (es algo voluntario, mucha gente simplemente no añade nada más).
Me parece la última palabra porque el chico se está refiriendo a algo que han dicho los policías, y hasta los señala (si están en la sala). Además la posición del micro y de la cámara son como los de esa grabación, casi iguales en todos los juzgados.
#34 No sabemos si hay lesiones, ni es necesario que haya lesiones, ni que hayan ido a un médico. Nada de eso es necesario para acusar al chaval del delito de atentado a agentes de la autoridad.
Lo de la acusación de "paliza" no aparece en el vídeo, nadie emplea esa expresión.
Entiendo lo que quieres decir, pero el ejemplo de la agresión sexual de un eunuco me parece extremo (un eunuco no puede erectar para penetrar vaginalmente, pero un chico de 56 kilos sí puede dar un puñetazo y una patada a alguien más fuerte que él).
Sí comparto que un parte de lesiones hubiese reforzado el relato acusatorio, pero nada más. Sólo aclararlo por si algún meneante se ve alguna vez en una situación parecida... Un razonamiento así no es suficiente como estrategia de defensa, en mi opinión.
#22 No necesariamente, si las lesiones que afirman haber sufrido son de muy baja entidad (primera asistencia facultativa y un par de días no impeditivos, lo típico) o aunque ni siquiera haya lesiones, porque el delito no requiere que existan.
Lo contrario sería presuponer que una persona débil físicamente no puede agredir a uno o varios policías.
No le acusan de haberles provocado graves lesiones (resultado), sino de haber realizado el acto de agresión, el comportamiento en sí mismo (conducta).
De hecho, el delito de atentado contra agentes de la autoridad (art. 550 CP) no requiere un resultado concreto, e incluye agresiones en las que ni siquiera hay contacto físico, como actos abiertamente intimidantes, lanzamientos o golpes que son esquivados.
Así que ni la edad ni el peso del acusado son argumentos que tengan relación con la conducta que se le imputa.
Todo ello ni le quita ni le da la razón a la policía, claro. Es posible que los policías estén mintiendo. Pero llamarles cabrones e hijos de puta entre risas en el juicio no es la estrategia más inteligente para generar una impresión positiva.
Al mercado laboral le interesan empleados que no entiendan muy bien sus derechos y la forma de ejercerlos, los límites que puede alcanzar su jefe o lo que no se puede consentir en una relación laboral. Los empleados dóciles son más interesantes para las empresas.
Por este motivo no es extraño ver a una persona muy bien formada en su campo, pero que desconozca sus propios derechos laborales o incluso sea incapaz de entender todos los conceptos de su propia nómina.