Vamos a ver, alma de cántaro... Un conductor de F1 tiene tantísima ingeniería detrás que lo difícil es que les pase algo (y a los hechos me remito, las muertes en la F1 son muy raras).
Este tío va dando saltos a mucha altura sin ningún tipo de protección.
#98 Tiene mucha importancia. (Y por favor, no seas tan vulgar) Esas mismas palabras dichas con otro lenguaje suenan mejor (hablando de sonar, te suenan las preferenciales?)
Pues anda que no tiene trabajo en casa con la que está cayendo como para ponerse a jugar (por mucho que desestrese).
Si la han pillado, es tonta. Yo no quiero que me gestionen tontas.
Ni asesores a los que se les paga un pastón y son tontooooos!
Como diría el cuento de Alicia: ¡Qué rueden cabezas!
#37 La Ley Orgánica sobre Protección de la Seguridad Ciudadana de 1992, conocida como la Ley “Corcuera o de la patada en la puerta”. Este Decreto fue modificado para anular la obligación de portar el DNI, siendo finalmente derogado en 2005. Por lo tanto con la legislación actual, nadie puede ser denunciado por no llevar el DNI ya que no es obligatorio llevarlo permanentemente en la boca.
No existe la obligación de llevar el DNI y en consecuencia, nadie puede ser sancionado por no llevarlo. Al final, de existir una causa fundada, si no podemos ser identificados terminaremos en Comisaría, aunque no detenidos y solo de existir una resistencia a identificarse podría dar lugar a responsabilidad penal o administrativa.
Por tanto, si os piden identificaros, podéis decir que os habéis dejado la cartera en casa por miedo a que os la robaran, porque hay mucho chorizo suelto. Luego decís que sois funalito de tal, por si tienen curiosidad, encantado de conocerle.