#13 Sí hay valores que se deben respetar desde una posición ética. Por ejemplo, la libertad religiosa y de profesar la religión que mejor le parezca a cada uno. Ser ateo no es lo mismo que discriminar a los practicantes de otras religiones, eso sólo es una muestra de intolerancia y menosprecio a las creencias que no comparte ese profesor. Demostrando que es un completo cazurro, por otra parte.
Qué tendrá que ver el laicismo académico con la falta de convivencia en la universidad de distintos credos.
#15 Está claro que tratar de comparar el desalojo de un local comercial, con el desahucio de la vivienda de una familia es una simple manipulación. Bastante descarada, por cierto. No hay ningún drama social en recuperar un emplazamiento comercial, ni mucho menos. Y pretender que alguien se mantiene en un local comercial durante un año por la compasión del casero es digno de "Cuéntame", no de la realidad.
Y además, el malvado inquilino pone fotos de sus vacaciones en Facebook...
Lo de Jesús Encinar con los desahucios y la PAH ya es público y notorio. Se está luciendo.
Es un disparate de Ramón Colom el presidente la FAPE (Y el sueño húmedo de continuar con el expolio de la SGAE) No hay ningún país Europeo con una tasa a Internet para financiar el cine.
“en un entorno no muy lejano, en los países del entorno europeo el cine se financiará total o parcialmente con tasas a las conexiones de internet”
Es prometer una quimera para tener contentos a los productores.
Para empezar, porque es un canon indiscriminado, que grava dos veces cualquier consumo legal. En Europa la SGAE fue condenada a devolver el canon por esa razón. Y por seguir, porque va contra la línea de las actuales directivas Europeas.
También podemos recuperar Cuba y la anexión del Peñón de Gibraltar. Por pedir que no quede.
Inés sabanés, una de las artífices del pufo de las Olimpiadas de Madrid 2012. Ya veo otra subvención para un consorcio municipal en un chiringuito de transportes.
#3 Las cuentas de la empresa se consiguen por 12€ desde el mismo navegador con el que tienes abierto forocoches y Google. Nadie se movió de su silla durante la redacción de este artículo.
Cuando se asume el dislate como única respuesta a que no cuadren las cuentas, ya podemos echarnos a temblar sobre el estado real de la tesorería. Igualito que Grecia "¡Eh, que no podemos pagar los intereses de la deuda y pagar lo sueldos, que nos hagan una quita legitima!". Bancarrota de municipios madrileños en 3,2,1 ... Alcorcón, república independiente en cuestión de meses.
#120 Que te digo yo, que desconocer las leyes de tu país no justifica su incumplimiento. Ni son leyes de EE.UU. ni de "este año" los artículos 510 y 607-2 contra la xenofobia y los crímenes por discriminación racial se introdujeron en el Código Penal español en el año 1995.
Lo que ahora se está produciendo es una reforma para adecuarla y conciliarla en el contexto legal europeo y el tribunal de Estrasburgo.
Condenados en España, los hay hasta por 13 años con la ley anterior, que ya se aplicaba desde esa fecha. A Rita Maestre por ejemplo, en vez de ser concejal, en cualquier otro país de Europa le habría caído una buena.
#100 El delito se castiga igual para todos. En este caso la figura de delito de odio está perfectamente tipificada en la mayoría de las legislaciones de los países europeos y forma parte de los atentados contra los derechos fundamentales.
Si agredes a alguien por su religión o etnia, eso es lo que te espera.
En Alemania, Francia y España hay varios casos de personas cumpliendo entre 5 y 6 años por este delito. Y no solo por agresiones, sino también por apología de las mismas.
#15 Es un delito de odio, no se castiga las lesiones sino el atentado contra un colectivo. Es un rango de penas para cualquier agresión de carácter discriminatorio, ya sea una patada, rotura de cristales o daños a una propiedad por pertenecer a una religión o etnia. En este caso, se trata de un atentado hacia la integridad física o agresión. Es lógico y normal que se contemple una pena de ese calibre. No se castiga el perjuicio causado, como en el derecho civil, sino el carácter del delito y su motivación.
Así que si agredes a alguien por su religión u origen, ten por seguro que en la Unión Europea tendrás una pena ejemplar.
#48 A cámara lenta y mirando fotogramas: Primero levanta la mano para apartarle y se echa un lado, a continuación levanta la pierna y la desplaza desde donde está para meter la zancadilla. No hay duda.
Ve la oportunidad y le sale de dentro. Ahora, inmortalizada para la posteridad como documento gráfico.
#17 Me ha acabado por hacer gracia el comentario. Primero, porque no solo sucede en Israel, es normal en muchos países que las mujeres se comporten así. Lo segundo, porque sé que es común que las israelís lleven un spray de pimienta en el bolso, desde la escuela secundaria, como contrapartida a su falta de recelo en el trato con desconocidos.
Brillante. Las cuentas no salen, luego entonces la deuda es ilegitima, es decir, producto de la usurpación del poder político y no un caso de malversación como en el resto de los países democráticos.
Así de fácil es no tener ninguna deuda pública, en cada cambio político, la declaramos ilegitima y asunto resuelto. Convocando un referéndum a lo Tsipras en 3, 2, 1 ...
Esto sí que es política económica y lo demás son tonterías. ¿80% sólo? ¿Quién dijo populismo?
#216 Hay que tener la cara como el cemento para llamarle "ex-trabajador de la misma" sin haber procedido a darle de baja, si alguna vez estuvo de alta, ni especificar durante cuanto tiempo ha sido trabajador en esa empresa. Decir que sus vacaciones fueron en julio da la impresión de que es una forma de justificar que no se le abonase ese mes, y más teniendo en cuenta que se abona su salario por semanas y que es el mes de temporada alta para la restauración.
Esta es la pagina web, y al parecer se dedican al catering y bodas. Da la impresión de que se han aprovechado de ese trabajador al ser portugués y residir fuera, por lo que tiene menos protección que si se tratase de alguien inscrito en INEM español. Probablemente no tiene un contrato declarado por lo que el restaurante sería sancionable por contratación irregular.
Al ser un trabajador comunitario debe contar con la misma protección que un español, pero el empresario se ha aprovechado de que reside fuera para establecer unas condiciones laborales precarias. Deberían sancionar al propietario del establecimiento.
Ya han retirado la página en Facebook y dicen que tienen buenas críticas en Trip advisor. Unos hachas.
Sí es justo lo que un leñador necesita: Una torsión lateral de todos los músculos hasta el hombro. Si con esa hacha no acabas con una lesión tendinosa, te estarás destrozando los músculos del hombro.
Si os fijáis, no usa los dos brazos para impulsar el hacha si no que mantiene el brazo derecho inmóvil y solo utiliza el hacha como cuña para dividir un madero seco. Cuando la madera es un poco más resistente, el hacha no deja de golpear el tronco con el lateral de la hoja y la culata superior del mango.
#29 Se trata de senderos transitados por personas y que se utilizan como trayecto entre dos lugares. No de vías de ganado o vías pecuarias de acceso entre parcelas privadas y sin otro uso como vía de paso. En el momento en el que hay un transito de personas, es un sendero de uso público. Cualquier cierre de esos senderos es ilegal, por mucho que cruce una parcela privada.
Poner un cable en una vía de acceso público es un acto consciente y deliberado. Los caminos no se pueden cortar, solo los accesos a las parcelas y con la correspondiente señalización.
#10 Los que han tenido "la suerte en contra" son los dos espabilados que pusieron el cable en un camino transitado con el resultado de un muerto.
En vez de una denuncia por atentar contra la seguridad de los ciclistas ahora se van a encontrar con un homicidio.
#30 Creo que has acertado. Un homicidio imprudente es cuando la muerte se produce sin que hubiese intención de provocar un daño, el que sea. Desde el momento en el que sea crea deliberadamente una situación que es previsible que ocasione un accidente, como interponer un obstáculo en un camino transitable, es un homicidio doloso.
Tanto si deseaban causar un daño menor, como si solo provocar de forma previsible un accidente. Es la intencionalidad de causar daño lo que lo convierte en doloso.
Carmena era la decana de los jueces que puso en marcha doce comisiones judiciales para ejecutar los embargos cuando aún estaba en el decanato. Y su numero dos del Ayuntamiento, la coordinadora del departamento de notificaciones y embargos de los juzgados de Plaza de Castilla.
Y sabe bien como funciona.
Las personas que son embargadas no dejan de mantener la deuda y la engrosan mientras se mantienen en mora si no se negocia un alquiler social, aunque no sean desahuciados en primera instancia. Y ese alquiler acaba siendo a costa de la deuda del ayuntamiento.
Esas familias, al final acaban dependiendo de los subsidios sociales porque no están en situación de negociar con los bancos o liberarse de la hipoteca. Más barato sería comprar esas viviendas a "precio de buitre" y cancelar la hipoteca a cambio de un alquiler.
Creo que esté tipo de cosas más que una solución, es simplemente propaganda. Ya debería haberse creado el "carmenéame" para seguir dándole bombo.
Es un mendrugo para hoy y un desahucio social para el siguiente regidor.
Qué tendrá que ver el laicismo académico con la falta de convivencia en la universidad de distintos credos.