La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, reunida en Pleno y por unanimidad, ha dictado esta semana una resolución que cambia el criterio mantenido durante décadas para el despido disciplinario. La sentencia ha resuelto que el empleador debe ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, antes de adoptar la extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario. Esa decisión de conceder audiencia previa se basa en la necesidad de aplicar, de forma directa, el art. 7 del Convenio núm. 158 de la OIT.