La publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del Decreto de disolución, no es requisito necesario para tener por disuelta la Asamblea de Madrid, por lo que debe entenderse que los diputados actuales han perdido su condición, salvo los de la Diputación Permanente, cuya mesa no tiene competencias en materia de mociones de censura.
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