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La normativa que legalizó las bombillas LED en faros halógenos era un lío. Industria la ha corregido para que todo sea más fácil

El pasado mes de noviembre entró en vigor la revisión séptima del Manual de Reformas de Vehículos. Una de las novedades que traía la nueva normativa es que legalizaba el uso de luces LED en faros halógenos. El problema es que la normativa tenía letra pequeña y solo permitía utilizar bombillas LED homologadas según el Reglamento nº 37 de NNUU, que está hecho para luces de incandescencia. Por culpa de esta incongruencia, homologar unas bombillas LED de sustitución en España era prácticamente imposible. Lo lógico era introducir una modificación que añadiese la posibilidad de homologar en España bombillas LED de sustitución que ya son legales en algún Estado Miembro del Espacio Económico Europeo. Y eso es lo que acaba de hacer el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Relacionada: www.meneame.net/story/cambiar-bombillas-halogenas-luces-led-mas-facil-
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¿Cómo afectan al comprador los nuevos ciclos de homologación de consumos?

Desde el pasado 1 de septiembre, han entrado oficialmente en vigor los nuevos protocolos de homologación de consumos. Una medida que el sector del automóvil llevaba reclamando desde hace años debido a que el método utilizado hasta ahora, el denominado como ciclo New European Driving Cycle -más conocido por sus siglas, NEDC-, había quedado obsoleto después de estar vigente desde 1992.
Algunos fabricantes habían decidido incluso desmarcarse de este tipo de mediciones y adaptarse con la mayor celeridad a los nuevos ciclos de homologación, siendo uno de los grandes ejemplos el Grupo PSA, en el que en un gesto de trasparencia ponía a disposición de todos los consumidores los datos ‘reales’ de consumo de 58 modelos del conglomerado francés de marcas, con un total de hasta 1.000 versiones distintas.

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