Aunque es una creencia difundida que las deudas, al contrario que los delitos, no prescriben, esta afirmación es falsa. Si bien es cierto que los supuestos para la prescripción de deudas son algo estrictos, existen. Las deudas prescriben. Las hipotecas tienen un plazo de prescripción de veinte años y las deudas personales, con carácter general, quince años.