Derecho Laboral

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#9 #6 #2

Quien hace un analisis superficial y sesgado estas siendo tu, Espiñete. ¿La cuestion es que aporta la prohibición? Que aporta el cannabis es algo que te da igual si no usas o vas a usar.
No parece que conozcas las externalidades de las politicas de drogas impuestas durante los ultimos 53 años..
Si quieres entramos en eso en otro comentario, me centraré en realidades cotidianas españolas.

Alakran #4 No somos lideres en consumo ni mucho menos. Si somos lideres en la UE en multas por tenencia.
España es el país europeo que más multas pone relacionadas con el cannabis pese a no ser el más consumidor
Es el único estado europeo que supera las 300.000 multas anuales por tenencia o consumo personal de cannabis en la vía pública pese a ser el cuarto por nivel de consumo, según datos…   » ver todo el comentario
#109 bien claro dejas que tienes prejuicios, loko! Tantos, tantos, tantos que bajo una noticia sobre la regulacion del autoculyivo y el cultivo colectivo en Alemania traes a colación el fentanilo como si fuese algo extrapolable a cualquier lugar del mundo mas alla de EEUU y Canada por que patatas!
energycontrol.org/energy-control-senala-no-evidencias-fentanilo-en-esp
En evidencia te dejas tu mismo con tan maña falacia lógica.

No loko! Casi todo el mundo usaba opio cotidianamente. Y Marco Aurelio es el paradigma que muestra que habia pocos adictos y pocas descripciones de adicción al opio.

Opium was known and frequently used in Roman society. Medical practice recognized its usefulness as an analgesic, soporific, anti-tussic or anti-diarrheic agent, as well as other currently…  media   » ver todo el comentario
#113 deja de decir que se puede cultivar ni una ni 200 plantas sin correr el riesgo de vivir un proceso penal. Flaco favor haces.
Se de sobra que la tenencia de 100grs de producto herbal o 25gr de hachis se considera acopio para 5 dias. Y sin prueba de la comision de un delito se queda en sanción administrativa de entre 600 a 30.000 segun graduación, 10.400 eur en caso de reincidencia antes de dos años.
Es falta grave de 600 a 30.000 eur segun graduacion
Artículo 39. Sanciones.
1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 30.001 a 600.000 euros; las graves, con multa de 601 a 30.000 euros, y las leves, con multa de 100 a 600 euros.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.2, los tramos correspondientes a los grados máximo, medio y mínimo de las multas previstas por la…  media   » ver todo el comentario
#292 no, no es legal, muy al contrario
La jurisprudencia del supremo considera el autiocultivo átipico, no tipificado. Y carente de relevancia penal.
Ademas la LSC ley mordaza sanciona el cultivo visible (un balcón o una ventana por ejemplo)
Si un policía ve tu planta, es lo mismo que sea 1 o 2000. Se incauta y comienza un proceso penal.
Sin indicios ni prueba de delito. Por la presencia de la planta, nada mas.
Para entrar en tu casa basta que le digan al juez que huele y es posible que obtengan la orden.
Con lo que encuentran en el registro montan el atestado. Que sin haber realizado una investigación se limita al sistema de cultivo, las plantas, ordenadores si tienes, teléfonos. el efectivo que tengas en casa, los fertilizantes... y de aquí montan un atestado que puede parecer mas una…  media   » ver todo el comentario

menéame