América avanza, Europa se lo está pensando y España tiene que despertar.
Son recientes las noticias de cambio de paradigma en torno a la legalidad de la planta del cannabis en el mundo, sobre todo en el ámbito de su fiscalización. Pero la gran mayoría de regulaciones se olvidan de diferenciar que existen distintos grupos genéticos dentro de la cannabis sativa.
Hay cinco tipos genéticos de Cannabis sativa L. estudiados hasta la fecha, de los cuales, solo dos (Grupo I y Grupo II) se pueden considerar psicoactivos y corresponden a la famosa marihuana (contenido de THC mayor al 0,2~0,3% en sus hojas y/o flores). Los otros tres grupos (Grupos III, IV y V) carecen de efecto psicotrópico y se consideran las tres genéticas que conforman al conocido como cáñamo industrial (contenido en THC menor del 0,3~0,2%).
Una vez conocida ésta diferenciación, entramos a conocer el nuevo mercado gris del cáñamo industrial.
El cáñamo se puede comercializar en España de dos formas: para uso alimentario o bien para un uso distinto al alimentario.
Para uso alimentario humano el cáñamo industrial brinda sus semillas y exclusivamente las semillas: producción de aceite, proteína y harina.
Cabe destacar que las semillas no contienen ningún tipo de cannabinoide activo, lo cual entra en conflicto con algunas "realidades" legales. Como por ejemplo la de Francia, que considera posible la extracción de CBD proveniente de fibras y semillas, hecho que solo existe en textos legales. Esta incoherencia puede llevar a Europa hacia una regulación en torno al cáñamo industrial fuera de toda realidad, ya que Francia es el mayor "cultivador" de cáñamo industrial en la Unión y por ende, un gran peso en la nueva PAC, porque para poder venderlo antes hay que cultivarlo, se entiende, pero hay que recordar que los reglamentos agrícolas del cáñamo nada tienen que ver con las normativas aplicables a su comercio. Ojo a esto.
Fuera de esta concepción, cualquier otro tipo de comercialización para un uso alimentario del cáñamo industrial no sería legal. ¿Por qué? Pues porque la Cannabis sativa L. quedó vetada en la Unión Europea tras la inclusión de la planta (excepto sus semillas) en la lista de nuevos alimentos, entrando en el mismo camino que hace unos años recorrió la popular Stevia. Por ahora solo queda esperar a que empresas multimillonarias consigan las licencias oportunas para, que cuando se libere a la planta, puedan comerciar con ella impunemente.
Desde hace más de 16 años, la Cannabis sativa L. es considerada en España como tóxica y esto tiene que cambiar.
La segunda opción de comercialización -uso distinto al alimentario (sin entrar en el mundo industrial textil y cosmético)- queda totalmente excluida por el antiguo Ministerio de Sanidad y Consumo. A primeros de 2004 aquel Ministerio publicó un Anexo que incluye a la planta entera del Cannabis sativa L. dentro de un extenso listado de plantas prohibidas o restringidas para la venta al público en España por razón de su toxicidad.
Con todo esto, aplicar una fiscalización al cáñamo industrial y sus derivados con etiquetados como el de productos que cualquiera puede comprar hoy en día en algunos Estancos de España, herboristerías, growshops e incluso en puestos callejeros, puede incurrir en algo más que una simple multa de 3.000€.
Por último, no olvidemos el gran boom que está experimentando el cáñamo industrial en las ventas por internet, desde anuncios en webs hasta tiendas online especializadas en ello. Tanto se mueve el comercio del cáñamo industrial online que hasta el gigante de Amazon se ha unido al mercado gris del cannabis, un mercado inventado por estafadores para poder ganar dinero mientras dure la gallina de los huevos de oro de la nueva "Marihuana Light".
Así que cuidado con las nuevas estafas del cáñamo, luego no podrás disculparte ante un juez diciendo "un amigo me dijo que era legal".