Determinismo punitivo

Una de los factores decisivos para comprender por qué los Estados Unidos lanzaron dos bombas atómicas en Japón ya prácticamente derrotado en los estertores de la II Guerra Mundial es el llamado "determinismo tecnológico". El "Proyecto Manhattan" (nombre que recibió el programa ultrasecreto para desarrollar el arma atómica) fue la empresa más cara de toda la guerra y el avión que la lanzó mientras que el desarrollo del bombardero B-29 fue el segundo programa más costoso del conflicto. Así las cosas, el hecho de que bomba y aeronave existiesen determinó en gran parte que se usaran ("ya que lo tenemos, la tiramos") y fue uno de los factores principales para que Hiroshima y Nagasaki terminasen arrasadas.

Hoy la Guardia Civil, a instancias de la Audiencia Nacional, ha detenido a, al menos, dos personas consideradas como líderes de los llamados CDR ("Comités de Defensa de la República"). Han sido acusadas de dos delitos gravísimos: terrorismo y rebelión. Por lo que han publicado los medios sabemos que la primera de ellas había grabado y enviado un audio en las redes sociales y el segundo habría -acompañado de otros individuos- desmontado las barreras de peaje de una autopista, ocasionando que varios vehículos pasasen sin pagar.

La decisión ha despertado el estupor de una gran cantidad de juristas, la indignación en un sector del público más o menos afín a la causa indepe y una cierta y perceptible incomodidad incluso entre aquellas personas partidarias de la mano dura en Cataluña. La acusación de "terrorismo" en un país que tiene muy presente el dolor causado por ETA durante décadas -todos recordamos imágenes de atentados brutales- no es baladí. Resulta también extraño recordar que, durante cinco décadas de actividad, nunca se le imputó a un miembro de ETA (o de los GRAPO, o del GAL, o del FRAP) el delito de rebelión que ahora vemos en el auto de la Audiencia Nacional.

La pregunta entonces es simple: ¿por qué ahora?. Y la respuesta, volviendo al principio, se explica en gran parte por un factor que podríamos llamar el determinismo punitivo del sistema legal español.

El 3 de febrero del año 2015 Mariano Rajoy y Pedro Sánchez firmaron el conocido como "Pacto contra el terrorismo yihadista". Dicho pacto incluía una de las definiciones más amplias del delito de terrorismo que se pueda concebir, recogida en un modificado artículo 573 del Código Penal, incluyendo desórdenes públicos o delitos informáticos. Es más: ya no hacía falta, para ser considerado terrorista, estar integrado en una organización terrorista: con que los delitos cometidos tengan una finalidad similar a la contemplada en el artículo bastaba.

A esto podríamos considerarlo el "software" de la legislación antiterrorista española. Para que se aplique, hace falta también un "hardware", encarnado en la Audiencia Nacional y acompañado por la inercia de cuarenta años de lucha antiterrorista que impulsa a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. La Audiencia Nacional, si no fuese por su competencia para juzgar delitos de terrorismo sería un mero tribunal central contra el crimen organizado, similar al que existe en otros países. La diferencia está en, digámoslo así, la sensibilidad ante las presiones políticas del tribunal español. En la Audiencia, destino goloso por sus jugosos complementos (amén de ser el trampolín para terminar integrando el Tribunal Supremo) terminan los jueces más cercanos a determinados partidos, en particular el Partido Popular, dando lugar a interpretaciones de la ley acompasadas con la sensibilidad (y las necesidades) del gobierno imperante.

Mientras, Guardia Civil y Policía Nacional se han encontrado, tras la derrota de ETA, con un afinadísimo instrumento de investigación y represión diseñado durante décadas de lucha antiterrorista en el que se han invertido muchos recursos y formado por una cantidad de gente nada despreciable. Dicho "complejo antiterrorista", de difícil reorientación a otros fines -como la prevención del terrorismo yihadista- ha estado buscando su lugar en el nuevo ecosistema que le ha tocado vivir. No ha sido disuelto ni reorganizado y su mera existencia ha determinado su uso en situaciones como las que nos ocupa.

Termino anticipando cual será el siguiente paso de este cóctel de voluntad política por escarmentar y determinismo punitivo: la criminalización de todo aquel partido o asociación que no condene la violencia terrorista, aunque por esta se entienda el levantar la barra de un peaje o mandar un wassap. En los próximos meses veremos la ilegalización de organizaciones importantes y con ella un ulterior deterioro (otro más) de la escasa calidad democrática que sufrimos en España.