Complementando los dos artículos escritos por los compañeros meneantes @PasaPollo y @Faramir, en los cuales dicen correctamente que no se pueden perseguir penalmente las mentiras porque vienen amparadas en la libertad de expresión y en la presunción de equívoco, propongo una idea para que pueda ser reglamentada e iniciar un debate:
El 1 de julio de 1993, el Consejo de Europa aprobó la Resolución 1003, en la cual recoge el Código Deontológico Periodístico y regulando el comportamiento de los informadores, con el objetivo de mejorar el tratamiento informativo de algunas de las cuestiones sociales de mayor actualidad. Algunos de los aspectos son:
- El respeto a la verdad.
- Estar abierto a la investigación de los hechos.
- Perseguir la objetividad aunque se sepa inaccesible.
- Contrastar los datos con cuantas fuentes periodísticas sean precisas.
- Diferenciar con claridad entre información y opinión.
- Enfrentar, cuando existan, las versiones sobre un hecho.
- Respeto a la presunción de inocencia.
- Rectificación de las informaciones erróneas.
Es obvio que hoy día no se cumplen algunos aspectos, ya sea por sensacionalismo y conseguir visitas rápidas en medios digitales, o por interés económico-ideológico para fomentar y publicitar un neoliberalismo sistémico que favorece a los dueños multimillonarios de los grupos de comunicación.
La ausencia de un organismo competente que sancione la falta de aplicación del Código Deontológico Periodístico, ha llevado a que la situación se haya descontrolado, y el público en general acabe más desinformado. Las asociaciones de periodistas no han resultado eficientes y, en algunos casos, sus comunicados han resultado ser más parcialmente políticos que defensores de la profesión periodística.
Por ello, propongo la creación de una Asociación de Periodistas de carácter estatal, donde los dirigentes sean escogidos por los mismos profesionales, y que dicha asociación tenga el poder, no de censurar, pero sí de declarar cual medio, ya sea prensa (papel y digital), televisión o radio, sigue a rajatabla el Código Deontológico.
Se puede crear una numeración en la cual el medio deberá ponerlo en portada para que el público sepa si este medio cumple con el código o puede engañar, ya sea de mala fe o no, en sus informaciones. Por ejemplo, el 1 para los que lo cumplen a rajatabla, el 2 donde haya medios que añaden opiniones, el 3 donde imponen un sesgo ideológico, el 4 donde tergiversan su información y el 5 para los peores.
De esta manera, no se censuraría a ningún medio, pero si se avisaría al público qué medio puede engañar, señalándolo y catalogándolo por los mismos miembros del gremio.
No es necesario prohibir. Sólo regular.
P.d.: Los bulos de redes sociales son ya más un problema de educación. Una población bien educada es más difícil de engañar y no cometen actos de fe para creer en una cadena de esas características.