Desahucio por Estafa (2)

Este artículo se realiza a petición de los que pidieron seguir el caso, y es un ejemplo lamentable de como funciona la justicia en nuestro país.

Brevemente , hace 10 días recibí un auto de desahucio del piso (de alquiler social) en el que vivo de alquiler.

El hecho es que se me reclaman 2 cuotas, que se pagaron, se me reclama una deuda de suministro que no sólo es falsa (me dí de baja hace 2 años), sino que es de otra empresa, con lo que no la debe de poder reclamar la empresa de alquiler, se me reclama 15 Euros por mes de diferencia porque a los 6 meses de estar de alquiler subieron la cuota, y yo pago lo que sale en el contrato, no los 15 Euros, y finalmente 2 cuotas (400 Euros) . Para mi estos 400 (reclaman más de 1900) son los únicos discutibles. Me gasté 680€+IVA en aislar el piso y les dije de compensar con esas dos cuotas, nunca contestaron, ni en positivo ni en negativo.

La historia del aislamiento la tenéis aquí :www.meneame.net/m/Artículos/deshaucio-por-estafa

Hoy he recibido un nuevo auto. Me dicen que han recibido mi escrito de oposición , que lo desestiman, y que tengo que pagar todo lo que reclaman, incluidos los 2 meses que ya se pagaron en su momento y de los que tengo justificante.

El caso es que el nuevo auto dice que como han desestimado mi escrito de oposición (lo resumen en que digo que sufro acoso inmobiliario, e ignoran todo lo demás que digo), dan por finalizado el juicio verbal, y se procederá directamente al desahucio.

Este auto ignora mi solicitud de abogado de oficio, el día 29, que debió de paralizar el proceso. Decide ignorar los justificantes de pagos de cuotas realizadas, y decide dar por buena la reclamación de una deuda que no sólo no existe, sino que si existiera no se le debería al demandante, sino a una empresa de suministros claramente diferenciada.

Dan por bueno que le debo más de 700 Euros a una empresa de agua caliente y calefacción de la que me di de baja hace 2 años, y que se me puede desahuciar por esta deuda.

También se hizo un recurso de reposición, registrado en el juzgado el día 30, y del que no se contesta ni uno sólo de los puntos, que no hacen referencia a la demanda, sino a las irregularidades cometidas en el auto. Por ejemplo dar por acreditado que tienen poderes para reclamar la supuesta deuda a la empresa de suministros, aunque no presenten ningún poder que lo acredite, o darme diez días para entregar las llaves al arrendador, cuando la Ley de Enjuiciamiento Civil dictamina que serán un mínimo de 15.

El auto me niega la posibilidad de defensa, así que no importa las pruebas que pueda aportar, ni importa que el demandante haya aportado pruebas falsas: Ya no habrá juicio. Me condena además a los gastos, y a que en caso de que no desaloje se pueda reclamar la presencia de las fuerzas del orden.

Es posible que el colegio de abogados no haya notificado aún mi solicitud, aunque el juez (Bueno, el nuevo auto es de una jueza, aunque el primer auto era de un juez) tendría que haber agotado el tiempo a la espera. Se solicitó el 29, habiendo recibido yo la notificación el 25 (y hay fin de semana por en medio).

También es posible que el registro del juzgado aún no haya entregado el recurso de reposición entregado el 30.

Simplemente me pregunto porque para una notificación del día 25 , ya hay una resolución que anula el juicio verbal 5 días hábiles más tarde (el viernes fue festivo) sin haberse cumplido ninguno de los plazos.

Hay tiempo para recurrir este auto, y supongo que el abogado de oficio algo podrá hacer, cuando me lo asignen. Pero algo huele a podrido en Dinamarca.