Hay un juez de lo social en Murcia (desde mi punto de vista, uno de los más competentes) que sale al pasillo a llamar a las partes al comienzo de cada juicio. Esto es algo que con carácter general hacen los funcionarios auxiliares (salir con la lista y vocear los nombres de las partes para que entren) pero a este juez no le importa hacerlo él mismo. Por el contrario, me he encontrado con otros jueces (si bien debo admitir que son minoría) que, durante las vistas, llegan a mostrar no sólo desinterés sino incluso gestos de auténtico desdén hacia los presentes en la sala.
En el ámbito judicial te encuentras de todo. Jueces que solamente quieren hacer su trabajo y que todo funcione. Jueces que sólo piensan en hacerse conocer para promocionar a magistrados de los altos tribunales. Jueces humildes y jueces endiosados. Jueces humanos y jueces desalmados. Jueces de enorme competencia que te dictan sentencias excelentes y con rapidez. Jueces que tardan lo indecible en dictar la sentencia, sin que sea comprensible cómo su compañero puede dictar cinco en el tiempo que ellos tardan en dictar una, y sobre todo que ningún órgano gubernativo se intereses por semejante abismo de rendimiento. Jueces que dictan sentencias magníficas desde un punto de vista técnico (y curiosamente suelen ser los más rápidos además) y otros que escriben sentencias de tres folios con errores de redacción y omisiones clamorosas sobre los hechos y razonamientos jurídicos claves del litigio.
El mundo judicial es un reflejo de la sociedad y del mundo político a partes iguales. Hay jueces que quieren ser complacientes con el poder porque saben que en nuestro sistema la afinidad y confianza con los prebostes políticos es un gran valor a la hora de ascender a los altos tribunales. Otros jueces simplemente quieren hacer justicia y no tienen otra aspiración. Hay jueces que son conscientes del tremendo impacto que sus decisiones tienen en la vida de los demás y se toman muy en serio su trabajo. Otros sólo quieren cubrir el expediente.
En los últimos tiempos han sido noticia diversas controversias judiciales de gran calado. Por ejemplo, una sección de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo dicta una sentencia que condena a los bancos a pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas. De repente (y tras conocer el sentido de esa sentencia, no antes), el presidente de la sala decide que debe ser el pleno de la misma quien decida en último extremo quién debe pagar ese impuesto. Lo reúne...y se dicta una sentencia que contradice a la primera, y que condena al consumidor a pagar dicho impuesto, eximiendo al banco.
Éste es el último capítulo del culebrón de las hipotecas. Todos recordamos como el mismo Tribunal Supremo dijo que los bancos sólo debían devolver el dinero indebidamente pagado desde 2013 por los consumidores como consecuencia de cláusulas suelo. Esto era una monstruosidad jurídica, pues toda cláusula nula produce una nulidad ex tunc, es decir, desde el momento de su imposición, lo cual implica que todos sus efectos deben anularse desde el primer día en que se aplicó, y no desde la fecha que arbitrariamente imponga el Tribunal Supremo. La cosa se elevó a Europa y el TJUE ordenó que se devolviera todo el dinero, y no sólo desde 2013. Todos sabíamos que iba a pasar...y apuesto a que los magistrados del Tribunal Supremo que dictaron la sentencia también lo sabían.
Lo mismo ha sucedido con determinados casos bastante mediáticos donde nuestros tribunales nacionales imponían penas de cárcel a raperos o políticos por llamar al rey "jefe de los torturadores" o expresiones análogas, y Europa las tumbaba al entender que ejercían su libertad de expresión, que los límites de dicha libertad se disparan cuando criticas a un representante público o hablas de asuntos con relevancia pública, y que la pena de cárcel por expresiones vejatorias es algo absolutamente desproporcionado e impropio de un Estado de Derecho moderno.
A nivel de tribunales superiores de justicia, los hay de diversas clases. Algunos tienen una tendencia notoria a dar la razón a la Administración sistemáticamente, mientras que otros llegan incluso a dictar sentencias que chocan claramente con sus intereses y que son ciertamente rompedoras. Por ejemplo, tengo dos recursos ante el Tribunal Supremo por sendas decisiones del tribunal superior de justicia de Murcia que denegó dos prestaciones económicas (que debía pagar la Administración) a dos clientes míos. En un caso aporté CINCO sentencias de tribunales superiores de otras comunidades que me daban la razón. En otro aporté TRES. El tribunal superior de Murcia me dijo que esas sentencias no le vinculaban y que ellos eran soberanos para aplicar el Derecho de modo diferente a esos ocho tribunales superiores de justicia que dieron la razón al ciudadano.
Aquella situación me recordó a las dos sentencias del tribunal superior de justicia de Murcia que conseguí que revocasen el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional (la primera sobre el derecho de los interinos a cobrar sus veranos, y la segunda sobre el derecho de un funcionario a usar su libertad de expresión para denunciar que estaba percibiendo acoso por parte de sus superiores).
Ahora bien, el tribunal superior de justicia de Madrid ha dictado hace poco una sentencia revolucionaria sobre el derecho de los interinos a cobrar los veranos. El tribunal superior de Castilla La Mancha había preguntado a Europa si los interinos tenían derecho a cobrarlos, y Europa había respondido negativamente, alegando que si habían sido nombrados para cubrir bajas hasta junio, no tenían por qué prorrogar su nombramiento hasta septiembre. Pues bien, pese a que esa sentencia europea daba al tribunal madrileño un puente de plata para dejar desamparados a los interinos (que como todos sabemos no son nombrados solo para un curso, sino que se tiran la vida entera encadenando nombramientos porque la Administración viola la ley y no saca plazas de funcionarios de carrera en el plazo de 3 años que el EBEP dispone), dicho tribunal tuvo las narices de amparar a los interinos y decir que Europa sólo marca el mínimo elemental de derechos del que todo ciudadano europeo debe gozar, pero que los tribunales nacionales son soberanos para ampliar ese mínimo si hay normas internas que lo permiten.
En España estamos acostumbrados a que nuestros altos tribunales nunca nos den más de lo que Europa les obliga a darnos frente a bancos o Administración. Por eso la valentía del tribunal superior de justicia de Madrid me ha dejado de piedra. Y es que el mundo de la Justicia no es monolítico, y en él se libra una constante batalla entre los jueces que quieren dejarlo todo como está para escalar a lo más alto (o que simplemente y por alguna extraña razón, siempre piensan como la Administración) y los jueces que quieren usar su potestad para convertir en realidad los derechos y libertades que plasman las leyes.
¿Cómo puede lograrse que los jueces busquen aplicar el Derecho y no complacer al poder? Legislando para evitar que se les incentive a ser complacientes con los que mandan a cambio de una escalera dorada al paraíso.
En no pocos asuntos trascendentales (por no decir en todos ellos), los magistrados del Tribunal Constitucional propuestos por el PP han votado en bloque asumiendo una posición jurídica que coincidía al milímetro con la del partido, y los propuestos por el PSOE han hecho lo mismo. A modo de ejemplo, cuando estaba en juego la ilegalización de Sortu como heredera de HB, todos los magistrados del PP se opusieron a ella, mientras que todos los del PSOE votaron a favor (salvo Manuel Aragón, honrosa excepción que fue por libre). Recuerdo que hasta tuvo que salir el Presidente del Consejo General del Poder Judicial a decir que los jueces eran independientes pero "tenían su ideología". No coló: es comprensible que un juez progresista que dirige un juzgado de lo social dé más sentencias a favor del trabajador que del empresario, pero eso de coincidir milimétricamente en tus votos con la postura del partido que te colocó en el Tribunal, canta demasiado, máxime cuando muchas veces esas posturas nacen más de estrategias políticas que de premisas ideológicas.
Los magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos por los políticos (4 por el congreso, 4 por el senado, 2 por el gobierno y 2 por el Consejo General del Poder Judicial). Y el Consejo General del Poder Judicial (cuyos integrantes son todos elegidos por congreso y senado) elige al resto de altos magistrados del país (miembros del tribunal supremo, tribunales superiores de justicia...es más, en el caso de los tribunales superiores de justicia, una parte de sus miembros ni siquiera son libremente elegidos por el Consejo General, sino que el parlamento autonómico les da una lista cerrada de candidatos y ellos deben escoger uno).
Europa ya nos ha puesto verdes en los sucesivos informes GRECO (Grupo de Estados Europeos contra la Corrupción, un órgano del Consejo de Europa que emite informes con instrucciones para mejorar la calidad democrática de los distintos países). Nos llevan diciendo desde hace más de diez años. que los políticos no deben elegir a la mayoría de los miembros del Consejo General (plantean como alternativa que sean los propios jueces quienes los elijan), y que los miembros del Consejo General no deben tener la enorme libertad de la que gozan hoy para nombrar altos magistrados, sino que debe existir un baremo de selección objetivo y riguroso, a fin de evitar que se elija a gente menos competente que otros candidatos pero más afín a la línea política de los que mandan. Pero nuestros sucesivos gobiernos no hacen ni caso. Y ya sabéis por qué.