#35 En realidad no es inconstitucional, el artículo 47 de la CE es muy claro al dejar que el legislador, para el caso de la vivienda, puede intervenir plenamente para evitar la especulación. En estos momentos no creo que nadie sea capaz de negar que existe especulación. Supongo que algo sabes de derecho, así que supongo que sabrás que los hechos notorios no hace falta probarlos.
#8 Lo que dices es de las mayores catetadas que he leído en mi vida. Está al nivel del argumento "si se pone minifalda lo que pase a partir de entonces es su responsabilidad".
¿Y no puede haber una escultura machista en el mundo? Quiero decir, ¿y si el objetivo de la autora es denunciar la familia tradicional? No sé, es que ya no se puede hacer ni decir nada dependiendo de qué sea. Si hago una película en la que hay una violación, está claro que es ficción. Si cuento un chiste, parece que estoy violando a alguien. No sé.
#9 No es necesario hacer una interpretación torticera de la norma ni sacar de contexto uno de sus artículos. Si vieras cuál es la composición de los miembros del CGPJ verías que muchos son jueces o magistrados en activo.
#4 Jurídicamente tiene mucho sentido, aunque haya hombres que sientan su virilidad mancillada por una mujer: la protección de dos bienes jurídicos entra en conflicto. Por un lado, el derecho a la libertad individual; por otro, el derecho a la vida. Lo que hace la ley es analizar qué derecho es menos perjudicial vulnerar. Todos estamos de acuerdo en que vulnerar la libertad de un par de días es menos grave que vulnerar el derecho a la vida, que es para siempre. ¿Por qué, si no eres un violador, te cabreas tanto con que se intente proteger la vida de alguien? Yo no me relaciono con gente que sea tan mala como para meter a alguien en el calabozo por un cabreo, a lo mejor deberías cambiar de amistades.
Que la judicatura española no se limita al Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunal Constitucional; que la primera instancia es muy competente, por más que te moleste.
#89 ¿Más allá de la literalidad? Te animo a que te acerques a cualquier juzgado de primera instancia e instrucción y preguntes si es habitual pactar (la acusación particular tiene que estar de acuerdo con el acuerdo) la pena y su suspensión. No pasa nada por ser ignorante de una materia, pero después de tres o cuatro explicaciones deberías entender que estás equivocado.
#15#2 Efectivamente, la ley es igual para todos. Supongo que nunca os han condenado, pero es muy habitual pactar la condena (si la pena inferior es, como máximo, de dos años) siempre y cuando el juez suspenda la entrada en prisión.
¿Ha cambiado la ley del jurado y ahora se puede considerar culpable con cinco votos? Antes era con siete votos a favor. Una cosa es que no haya mayoría para absolver y otra que sea culpable.
Artículo 47 de la Constitución. Los poderes públicos velarán para que se cumpla el acceso a una vivienda diga digna y legislarán para evitar la especulación. ¿Cuándo una ley que prohíba comprar viviendas a empresas? Las viviendas son para vivir, no para hacer negocio ni para que sean rentables.
#24 Que no sea anónima no implica que la empresa sepa quién está denunciando. La inspección tiene el deber de proteger al denunciante, así que no comunica el motivo de la inspección.
¿Cómo es posible que se permita vulnerar el artículo 47 de la Constitución de una forma tan burda? La vivienda es un derecho, no una inversión, y los poderes públicos deben velar porque así sea. Necesitamos un mecanismo de castigo para aquellos que se saltan la Constitución.
#115 De hecho, se habla de denuncia, no de querella. Es decir, se pone en conocimiento del juez instructor que han existido unos hechos que pueden ser constitutivos de delito para que lo investigue. Si ha publicado unos nombres que no debía, los perjudicados lo denunciarán y ganarán, no veo cuál es el problema.