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Kotsumi

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Intentando sobrevivir entre tanto sectarismo.

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2 Notas

Manu Pineda: No ha sido posible. Sumar no ha recibido apoyos suficientes para que sea elegido eurodiputado.Hoy nuestro espacio político es más débil y fragmentario y la extrema derecha está más fuerte [41]

  1. #17 Pues sí incansable por la paz, gracias Pineda.
  1. #17 Hostias, creía que era bulo, pero lo he buscado y es real :-O

Simpatizantes de Alvise Pérez lanzan cánticos vergonzosos contra Irene Montero tras las elecciones [169]

  1. #26 tienes razón, por fin una bien tirada al alvise

Detectan una nueva droga en el Primavera Sound de Barcelona [9]

  1. #7 En todo caso, para tardar 6 años, mejor se quedan en casa...

El TSJM autoriza una concentración contra la amnistía en la sede del PSOE el 8 y 9 de junio, coincidiendo con el día de reflexión y las europeas [161]

  1. #158 VALE, estoy de acuerdo contigo, en que no me he leído ni el escrito de la junta electoral, ni tampoco la respuesta del TSJM, y que quizá hay un argumento jurídico muy válido que justifica que las manifestaciones se puedan realizar (yo también soy de esos rara avis que nos gusta leer los artículos técnicos sobre polémicas judiciales, y que a veces hay polémicas muy cuñadianas a casos que tienen una simple o compleja explicación técnico-jurídica detrás), pero......
    también convendrás en que hay muchas ocasiones (demasiadas) en que la ley la puedes retorcer a tu conveniencia para que encaje en lo que tu quieras que encaje

    Y este caso, desde la distancia y desde el cuñadismo más casposo, tiene todos los elementos de ser un acto electoral más del Partido Judicial, el partido que le gusta tan poco la Independecia (de Catalunya) que ya tampoco soporta la Independencia del poder judicial

    No sé cómo verás la estampa, pero que el día de las elecciones haya una manifestación de acelerados, gritando muerte a Perro Sanxe en Ferraz....es complicado de justificar......

    Pero qué se yo

    CC #130
  1. #154 No es necesario que nos cuentes que haces cuando pides permiso en tu trabajo, ni importa no aporta nada aqui.

    En cuanto al tema cuando presento una solicitud para una concentración lo minimo que piden para admitirla es motivo, fecha y lugar. Asi que por favor, dime donde de la noticia dicen que no se especificava el lugar de la concentración o que el TSJM lo desconocía.

    Pero en algo tienes razon, solo la ideología puede explicar que algo tan chorra como esto haya ido de juzgado en juzgado...
  1. #130 #101
    La normativa dice que en jornada de reflexión y el día de votaciones no se pueden hacer manifestaciones políticas.

    La junta electoral ha señalaso al tribunal que no se pueden hacer las manifestaciones porque es jornada de reflexión y es día de elecciones, PERO CLARO, la junta electoral ha hecho la suposición de que el TSJM se sabe la ley, ha supuesto que el TSJM sabe que no se pueden hacer manifestaciones políticas en las jornadas de reflexión y los días de votación.

    Cuál es vuestra opinión, Kotsumi y boing747, que la junta electoral debería haber recordado las leyes por las que no se podían admitir las manifestaciones?
    Debería también recordar, en cada escrito y petición, recordar al TSJM las leyes por las que se rige el TSJM y por las que puede o no puede autorizar cosas? Y recordar las leyes que han hecho que exista el TSJM? Y recordar las leyes por las que existe un estado de derecho?

    Es decir, y resumiendo, la junta electoral central debería enviar todo el ordenamiento jurídico al TSJM en todas sus peticiones, para que el TSJM sepa las cosas que se pueden hacer y las que no se pueden hacer?
    Éste es el nivel?

    Yo creo que deberíamos montar uns manifestaciones contra el fascismo en todas las sedes de Vox los días de reflexión y de votación de todas las elecciones, porque con gente como el TSJM no nos van a decir nada. Chimpún!


    Tan bajo es el nivel? Se os ha de explicar así las cosas? A vosotros y al TSJM?
  1. #153 goto #5
    Me imagino que a ti cuando te piden por ejemplo un justificante de ausencia en el trabajo presentas un papel que dice "Me ausenté porque era día 13" y te lo aceptan porque saben qué pasó el día 13 y ya lo razonan ellos. O quizás sabes lo que quiere decir justificar algo y solo discutes por ideología. Tú mismo.
  1. #152 xD xD xD xD xD xD

    Vale, que los jueces no estan informados de donde es la concentración, no lo pone en la solicitud de convocatoria, hay que especificarlo xD xD xD xD xD xD

    Venga, donde dice en la noticia que lo de Ferraz no lo dicen xD

Los ricos no merecen su riqueza [163]

  1. #30 Ya, pero ese caso es marginal en la definición...

El TSJM autoriza una concentración contra la amnistía en la sede del PSOE el 8 y 9 de junio, coincidiendo con el día de reflexión y las europeas [161]

  1. #150 Lo dice en este envio, que la junta electoral central y la delegación de gobierno piden que no se permita la concentración en la sede de Ferraz y da como motivo que ese dia hay jornada de reflexión y elecciones europeas.
  1. #148 Dice exactamente eso y que eso no es suficiente razón, pues nada, a ver que pasa.
  1. #145 Dice exactamente eso, que solicitan que no se permita la concentración en la sede de Ferraz argumentando que el 8 es jornada de reflexión y el 9 dia de elecciones europeas.

    Lugar, hora y dia donde el riesgo de concentración de votantes socialistas no es una certeza, pero es bastante elevado, por menos de eso se han alterado itinerarios y horarios en otras manifestaciones.
  1. #142 A ver:

    1) Posible 31 de Mayo
    El señor José Andrés Calderón, impulsor del Rosario de Ferraz recibe una notificación de la Delegación del Gobierno en Madrid en el que le informan que el día 8 y 9 la Junta Electoral no le autoriza la manifestación. En el vídeo el tío dice que le prohíben rezar, yo no me lo creo. Que publiquen la notificación y saldremos de dudas. EFE dice que por “no influir en el proceso electoral”.

    2) 1 de Junio
    Aquí tienes un vídeo de uno de los convocantes (no se si es el tal José Andrés) publicado el día 1 de Junio y en el constata (en la información) que ya ha puesto recurso ante el TSJM.

    youtu.be/IuW7XY_w7KM?feature=shared

    3) 5 de Junio
    TSJM Autoriza el rezó ya que: no considera que la concentración “pudiera perturbar la neutralidad política”

    Es decir, la justificación está en la notificación que recibió José Andrés. Y sería la misma que habrá argumentado el Delegado del Gobierno de Madrid en el TSJM (digo yo).

    De todas formas:

    “El grupo ciudadano había solicitado autorización para concentrarse todas las tardes, entre las 19.30 y las 20.00, del 1 al 15 de junio, “sin invadir las calzadas de las calles de Ferraz y del Marqués de Urquijo y sin obstaculizar el acceso a los edificios ni el normal funcionamiento de los establecimientos públicos existentes en la zona”

    Si es así, perfecto. Ya veremos.
  1. #143 La noticia dice que las alegaciones incluyen que la concentración se realizará en la puerta de la sede del PSOE el dia de los resultados electorales, ya he argumentado de sobra que con solo esos datos, salvo que se decida ignorar deliberadamente que en esas circunstancias los votantes del PSOE se concentran (extraoficialmente) en ese punto también, con solo eso se han cambiado horarios, itinerarios, etc en otras manifestaciones, incluso con menos probabilidad de que ambas concentraciones de gente se encuentren.
  1. #138 Hombre, han argumentado que es dia de resultados electorales y que es la puerta de la sede de uno de los dos partidos principales, no hay ninguna convocatoria de oficial de votantes del PSOE, no puedes incluir en tu alegación algo que no existe, pero el TSJM tiene, con esos dos argumentos, datos suficientes para saber que puede producirse una situación de riesgo potencial, por mucho menos que eso se han cambiado itinerarios, horarios, etc en otras protestas, asi que parece simplemente que el TSJM prefiere ignorar el hecho de que en ese punto ese dia es mas que probable que se junten dos aglomeraciones de personas con intereses contrarios, por mucho que una haya pedido autorización.
  1. #137 No, no me equivocó.

    La justificación es clarísima: No influir en el proceso electoral.

    En otras palabras “prudencia” y “precaución”. Si has estado 149 días manifestándote no me vengas con el cuento de “limitar un derecho fundamental”. Seamos serios.

    “La Junta Electoral autorizó las protestas hasta el día 7 incluido, pero no así el 8 y el 9 por influir en el proceso electoral, en tanto que la Delegación del Gobierno no puso objeciones a la protesta salvo en esas mismas fechas”

    efe.com/espana/2024-06-05/manifestacion-amnistia-ferraz-elecciones-eur
  1. #131 Es que ni la Junta Electoral ni la Delegación tienen que justificar absolutamente nada. De hecho estos dos organismos han autorizado todas las manifestaciones hasta el día 7. Lo que han hecho ante dudas mas que razonables de que podía influir en el proceso electoral es no autorizar las manifestaciones el día 8 y 9. Pero si que han autorizado desde el 31 de Mayo al 7 de Junio y del 10 de Junio al 15 ya que los convocantes solicitaron desde el 31 de Mayo al 15 de Junio. Y los que llevan convocando desde Noviembre 2023, 149 según su YouTube.

    Ante esta “resolución” , los convocantes han recurrido en el TSJM y estos pues ven normal que llevando 150 días rezando el Rosario en Ferraz no puedan faltar en 2 jornadas señaladas como electorales aunque sea solo por “prudencia “. Por dios, es que nos deniegan el derecho a manifestación (aunque llevemos mas de 149 días seguidos manifestando). Total, si esta “gente” llevan 5 años secuestrando el CGPJ que vamos a pensar los defensores del principio de precaución.

    Ya Aristoteles hace 2400 años hablaba de “prudencia” como virtud clave en personas que “para alcanzar algún bien, razonan adecuadamente

    m.youtube.com/@elRosarioenFerraz
  1. #132 No, lo que debe valorar el TSJM es si en ese horario y en esa localización es pertinente autorizar una concentración, hablas como si los jueces en sus salas no tuviesen autoridad o poder de decisión propia, y es obvio que sin existir una convocatoria oficial por parte de votantes del PSOE es mas que probable que el dia nueve exista una concentración importante de estos en las puertas de Ferraz por menos de esto jueces han, variado, desautorizado, etc concentraciones, no es nuevo.
  1. #130 entonces sería el clásico sectarismo de meneame, pero el bueno, je... (el 80% de lo comentado y el 98% de las noticias publicadas)
  1. #5 Y al mismo tiempo se prohíbe la ciclonudista por ser jornada de reflexión... que cosas.
  1. #5 Qué te va a parecer a tí , que defiendes la caverna y la naftalina hace años...
    Te parece fenomenal que se manifiesten los cuñados de turno en día de elecciones..:palm:
  1. #5 estoy flipando, ¿qué has dicho para que te cosan a negativos?
  1. #37 Si yo no voy a ir a esa manifestación que tendrá que ver si me gusta o no el objetivo. A ver si va a ser al revés, que proyectas en mí lo que en realidad si te gusta a ti.

    ¿Pero que me vas a asegurar que no va a haber altercados públicos ni coacción ni vandalismo ni nada por parte de ningún grupo de manifestantes no?

    Artículo 68 de la Constitución

    2.2. El sufragio ha de ser libre. Este rasgo, que diferencia nítidamente un sistema democrático de otro que no lo es, no puede entenderse en la acepción formal o rituaria sino que hay que llevarlo a la esencia del concepto libertad. Recuérdese, además, que la libertad es uno de los principios inspiradores del Estado Social y Democrático de Derecho (art. 1.1) y que el propio art. 23.1 señala que el derecho de participación exige inexcusablemente la libertad en la elección. Toda restricción, legal o de cualquier otra índole, que ponga en peligro la libertad de elección es manifiesta y radicalmente inconstitucional.

    De nuevo el desarrollo normativo fundamental de estas condiciones de voto lo encontramos en la LOREG.

    LOREG
    Artículo 146
    1. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses:

    a) Quienes por medio de recompensa, dádivas, remuneraciones o promesas de las mismas, soliciten directa o indirectamente el voto de algún elector, o le induzcan a la abstención.

    b) Quienes con violencia o intimidación presionen sobre los electores para que no usen de su derecho, lo ejerciten contra su voluntad o descubran el secreto de voto.

    c) Quienes impidan o dificulten injustificadamente la entrada, salida o permanencia de los electores, candidatos, apoderados, interventores y notarios en los lugares en los que se realicen actos del procedimiento electoral.

    Artículo 147. Delito de alteración del orden del acto electoral.
    Los que perturben gravemente el orden en cualquier acto electoral o penetren en los locales donde éstos se celebren portando armas u otros instrumentos susceptibles de ser usados como tales, serán castigados con la pena de prisión de tres a doce meses o la multa de seis a veinticuatro meses.


    Me imagino que los electores del PSOE tendrán derecho a ir a celebrar a su sede , ¿no?
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