#2 Según los datos del INE, fundamentalmente es por la pérdida del trabajo o por no tener dinero suficiente para afrontar los gastos de la vivienda. Lo de que te aterre hablar con él, es usual, le pasa a muchas personas, al final son personas desconocidas con vidas muy difíciles y nos han enseñado que estas personas son sucias, violentas, y es muy dificil que esos mensajes no nos hayan calado. A ese miedo que sientes se llama aporofobia, y sí, es parte del problema porque les dificulta mucho más acceder a ciertos derechos y a lo que necesitan para resolver su situación. Hay organizaciones que hacen rutas de voluntarios por la calle para atender a las personas en situación de sinhogarismo, puede ser una oportunidad para conocer mejor el sinhogarismo y para "vencer" tu miedo.
#1 Tiene que ver con nombarlo como un fenómeno estructural y no usar términos que estigmatizan o que son peyorativos. Cuando usas términos indigente o mendigo lo asocias con elementos con una enorme carga negativa. Cuando se usa vagabundo o transeunte, lo que hacen las administraciones es decir, no "esta persona no es de aquí" así que le doy una ayudita y que se vaya al siguiente pueblo. Si usas sin techo, obvias que un hogar no es solo un techo, porque un cajero tiene techo, o un albergue tiene techo pero no son hogares. Y cuando se usa personas sin hogar, se individualizan las situaciones y se entra a analizar la cuestión como un fenómeno individual, por eso usar la palabra sinhogarismo, que por cierto ya está en el diccionario Fundeu www.fundeu.es/recomendacion/sinhogarismo-sin-hogar-sintecho-sintechism
#2 la ley nació como un decreto, algo que de casi inmediato cumplimiento. Después, el Congreso decide si aprueba el decreto tal cual o lo tramita como ley (decidió tramitarlo como ley). Mientras se está tramitando como ley el decreto está activo y una vez se aprueba la ley esta sustituye al decreto.
#11 En rigor la biología ha demostrado que no existen las razas en el ser humano, por eso se habla de proceso de racialización y se habla de personas racializadas para señalar un proceso psicosocial (la racialización) que marca a personas como presuntamente pertencientes a otra raza por presentar una serie de caracerísticas que insisto la biología hace años desmintió que constituyera una categoría válida para el ser humano.
#3 De hecho sí puede ya que la forma en la que se interpreta por los tribunales internacinoales es que la característica discriminatoria concurra de manera real o percibida y también reconoce que puede ser por asociación (es decir que tú no tengas la característica discriminatoria pero se te asocie con ese colectivo por algún motivo).
#2 Hola, verás, igual te explota la cabeza, pero los crímenes racistas tienen una pena mayor que los crímenes a secas, es un agravante que está regulado por el 22.4 del Código Penal. Y antes de que te indignes, no es por cometer un crimen contra una persona racializada, sino por cometerlo porque esa persona está racializada. Y no es que el color de piel haga que la pena sea más pequeña, es que cada delito viene regulada su pena en el código penal y se dan circunstancias que agravan el delito o que lo atenuan.
c#8 Existen una serie de indicadores que permiten saber si nos encontramos ante un delito de odio. Desde la percepcion subjetiva de la víctima, hasta las manifestaciones de la persona agresora. El Ministerio del Interior utiliza los siguientes (www.interior.gob.es/documents/642012/3479677/PROTOCOLO+ACTUACION/99ef6):
-La percepción de la víctima.
- La pertenencia de la víctima a un colectivo o grupo minoritario.
- Las expresiones proferidas por quien comete el delito mientras lo hace.
- Los tatuajes, el vestuario o la estética del autor de los hechos.
- La propaganda, estandartes, banderas, pancartas, etc. de carácter extremista o radicalque pueda portar el autor .
- La pertenencia a determinados grupos de odio o extremistas del agresor.
- La aparente gratuidad de los hechos.
-Que los actos se produzcan en una fecha o lugar significativo.
-La conducta de ostentación del infractor.
Generalmente hace falta que se de más de 1 pero no hace falta que se den todos. (Antes de seguir con las preguntas por favor leete el documento que te enlazo)
Para que algo sea delito de odio, tiene que quedar claro que el delito está motivado por esa característica, no basta con que la persona tenga esa característica protegida.
El hecho de que digas que unos gitanos venden droga sí es racista, pero no porque digas que venden droga sino porque para señalar una conducta delictiva necesites señalar su origen étnico. ¿Dirías oiga en ese piso hay una familia paya que vende droga? Seguramente no. Dirías, en esa casa venden droga, o esos vecinos míos venden droga.
#6 Al entrar la aporofobia como agravante sí, a partir de ahora los delitos cometidos contra gente por ser pobres tendrán más pena que la que tenían antes.
Como la modificación es del código penal, el dueño de un bar podrá seguir haciendo lo mismo que podía hacer ayer salvo que ayer también fuera delito.
Se introducen algunas modificaciones en delitos del ámbito de la discriminación laboral (no contratar gente por ser pobre), en la discriminación de servicios públicos (denegar atención sanitaria) o por ejemplo promover el odio contra estas personas (hay que dar palizas a los putos mendigos).
#1 No se regula el miedo. Lo que se hace es que si cometes un delito motivado por aporofobia se te aplique un agravante. Que si promueves el odio contra personas pobres sea delito o si los discriminas severamente en ámbitos como el laboral o los servicios públicos por ser pobre sea delito.
Eduardo no habla en ningún momento de funcionarios sino su contendiente, habla de empleados públicos. No todas las personas empleadas por el estado son funcionarias.
Hoy mismo sale una encuestra de Metroscopia que da resultados a IU solo un 0,6 puntos por debajo del 2011, hablar de "desaparecer" no es muy correcto la verdad.
Hola quisiera preguntarle dos cuestiones:
¿considera que trabajo garantizado y renta básica son propuestas contrapuestas?
En el caso de que lo considere ¿Por qué apostar por la renta básica y no por el trabajo garantizado?
#1 Por favor, este señor se lo llevó CRUDO durante un montón de años y solo cantó cuando se acabó la pasta. Como el mismo ha reconocido fue cómplice del saqueo de la trama, montó un partido con dinero de Correa. De verdad los héroes están en otro lado.
#29 Pues es que la constitución hay que leérsela hasta el final:
Artículo 92
1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.
2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.
3. Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.
Obviamente el artículo dice PODRÁN, luego es obvio que hay formaciones que quieren que se consulte a la ciudadanía, y formaciones que no y eso es lo que se critica, que unos quieren y otros no.