La putada es que va a pagar el FOGASA, al fin y al cabo. Y eso son, como máximo, cuatro meses de salario y 30 días por año de servicio de indemnización (con el tope de un año).
Pues yo no lo veo nada claro. Ningún abogado se va a arriesgar a ser denunciado ante el Colegio y a que le reclamen después en un posterior proceso civil. Me gustaría conocer la posición de Servicios Jurídicos de Baleares.
Parafraseando a Rosendo, que versionaba a su vez al enorme Krahe:
Gracias a mi conducta vagamente antisocial
temo no verme nunca encaramado a un pedestal:
no alegrará mi efigie el censo de monumentos,
no vendrán las palomas a rociarme de excrementos.
Y es una pena, la verdad,
porque sería muy bonito
seguir de adorno en mi ciudad
sobre un bloque de granito.
Pues qué penita y qué dolor,
no tendré estatua, no señor.
#12 Ya sé que los servicios de asesoramiento jurídico cobran, soy abogado. Lo que quiero decir es que todos lo hacen, y quería reseñar que, en muchos casos, si eres afiliado, te va a salir mucho más barato funcionar con Comisiones que por CGT.
Con lo que sí puedo estar más de acuerdo contigo es con lo de la negociación del ERE. No conozco la situación exacta en el ámbito sindical, pero en ese caso me parece una actitud loable por parte de CGT, y que debería ser asumida por los demás.
El despido del delegado, por otro lado, si es como has dicho, lo más seguro es que sea una nulidad por vulneración de libertad sindical como la copa de un pino. Con las consecuencias típicas: permanencia en el puesto, salarios de tramitación, indemnización por daños y visita de la Inspección de trabajo.
#13 Eso se deriva de la condición de sindicatos más representativos que establece la LO de libertad sindical 11/85. Y también tiene sentido. Un ERE afecta a todos los trabajadores, afiliados o no. Y negociarlo tiene un coste, te adelanto que muy alto. Veo bien que cada sindicato defienda a los suyos, pero los que no están afiliados también deben pasar por caja.
Pasa igual con el convenio. Beneficia a todos, y las condiciones se aplican de forma universal, ¿los trabajadores deben pagar según la voluntad?
1. CUALQUIER laboralista suele cobrar MÍNIMO el diez por ciento de lo obtenido en el despido. Si no me equivoco, también en CGT.
2. Los servicios jurídicos de Comisiones (que son los que conozco) cobran en función de la antigüedad del afiliado, el porcentaje va disminuyendo cuanto más tiempo se esté. A cualquier tío que lleve más de seis años en el sindicato le sale CASI gratis cuelquier tipo de proceso.
No voy a votar sensacionalista, pero creo que la noticia está muy mal contextualizada.
Hay que acabar de una santa vez con la defensa emocional del carbón nacional. En España suceden tres cuartos de lo mismo. Aquí hay unos 4.000 mineros. Con las ayudas que recibe el carbón nacional, se podría prejubilar dignamente a un 20% al año.
Cada vez que veais una protesta minera reivindicando las ayudas al carbón, pensad que los principales beneficiarios son la plana mayor del Consejo de Administración de HUNOSA, pero, principalmente, a este tío:
#70 ¿Me conoce? ¿Siquiera mínimamente? Y sin embargo, se siente capaz de analizarme en base a un comentario.
Antes de juzgar a alguien que no conoce, le recomiendo que cuente hasta 10. Se ahorrará soltar mucha basura, y la gente pensará de usted lo que pienso yo ahora.
#12 A mi se me dan tres ardites lo que el señor opine. Lo que vengo a resaltar es que el tipo dice cosas mucho más interesantes que su visión de Marx. No me parece un titular relevante.
Algunos vais con la escopeta cargá. Da una imagen penosa, por cierto.
Hombre, tiene una explicación bastante sencilla. En la mayoría de casos de atención a inmigrantes indocumentados (resalto el indocumentados), la identificación posterior es muy difícil. Como carecen de medios no pagan ellos, pero a los abogados tampoco les paga nadie, porque el Ministerio o la Consejería de turno no considera que se hayan cumplido los requisitos documentales.
Vamos, que al que le toque asistir al indocumentado va a acabar trabajando gratis. Quiera o no, en la enorme mayoría de los casos.
#8 Es un proceso de protección de derechos fundamentales como una casa. Lo que más o menos conllevaría:
- Que la empresa apoquinase por permisibilidad.
- Reparación por el daño psicológico y moral.
- Reparación por vulneración del derecho al honor.
- Despido del acosador sin indemnización, por su actitud frente al compañero.
El demandante, según la ciudad en que se juzgase, se podría llevar entre 10.000 y 25.000 €.
#1 Hombre, me parece un poco contradictorio tu mensaje. En el modelo vasco de relaciones laborales se supone que prima, por encima de todo, el convenio de empresa. Esto es lo que han ido persiguiendo tanto ELA como LAB provocando, paradójicamente, que hayan ido cayendo convenios autonómicos vascos por decenas.
Si se aplica el convenio nacional ha sido por inmovilismo en ciertos aspectos. Y eso no es culpa ni del gobierno español, ni de CCOO-UGT ni de nadie fuera de Euskadi. La tasa de descuelgue del convenio en Euskadi está bastante por encima de la media estatal. Habrá que preguntarse el por qué.