¡Qué crueldad!, negarle más vacunas a lo que todos sabemos que es "España dentro de España", a través de El Corte Inglés; ergo supone negar dos veces más vacunas y atentar, alevosamente, contra la sacrosanta "libertad de mercado" (de la libertad de cañas, hablamos luego)
#3 Para cansino, lo que se dice cansino, el franquismo, sus esbirros y sus adláteres, con sus crímenes, sus mentiras, sus estafas, sus robos, sus apropiaciones, sus asesinatos, su golpe de estado...¡si es que llevan ya 85 años con lo mismo y no paran! después de dejar las cunetas llenas de cadáveres. Eso sí que es, además de otras cosas, cansino, muy cansino.
#7 Menear una noticia no es, necesariamente, darla por buena. Es señalarla con el dedo para que, mentes capacitadas como la tuya, dotadas de la suficiente capacidad dialéctica, opinen sobre ella y aporten elementos de debate, sólidos y rigurosos como, estoy seguro, harás tú en este y otros muchos casos. Muchas gracias por la deferencia de tu interés.
#31 Si durante 7 años se ha cumplido lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución, ¿por qué hay que incumplirlo ahora?. Lo de las "rachas" me suena mucho a pequeñoburgués decadente.¡Ojo!, solo he dicho me suena.
#25 ¿Todo eso dice la Constitución?, ¡vaya! ¿y por eso se puede coger a cuatro niños y a sus padres y tirarlos a la calle violando lo establecido en el artículo 47 de esa misma Constitución? Y es que me han informado de que la Constitución, además del artículo 2, tiene otros artículos que, al parecer, también se deben de cumplir. Pero bueno, como dije, si eso ya tal.
#26 A ver, ¿quién ha traido emigrantes?, ¡que levante la mano!, ¡se va a enterar!. ¡Qué emotivo!, otro neonato, ni siquiera ha cumplido el primer mesecito en meneame y ya expresa sesudas opiniones, ¡Feliz natalicio!. ¿Qué ha sido: bebé bot o bebé troll?
Constitucion española
Artículo 128 .- Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
Artículo 47.- Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.