Pero luego los padres les dejan jugar al Counter - Strike o al GTA V ... y no pasa absolutamente nada ni nadie se hecha las manos a la cabeza... en fin. como barremos para casa
Se os va la pinza a algunos, ya ni veis los videos. ni hay violencia ni apalean ni nada. es mas en esos sitios se puede entrar, no es propiedad privada, e incluso en algunos casos (persecucion del delicuente en huida, o delito flagrante) se puede incluso a los domicilios privados. pero es verdad que esto es una protesta y no pueden entrar... seguro que si no entran en un domicilio por que estan apaleando su marido a una mujer y luego al dia siguiente aparece muerta nos rasgasmos todos las vestiduras criticando a la policia que no entro en ese domicilio. Leeros las puñeteras leyes entre ellas la 1/92 y LeCrim antes de decir que se puede y que no se puede hacer.
No me lo creo. que enseñe la denuncia, ahi tiene que poner el articulo y el motivo. no enseña ni dice nada, para mi que se lo esta inventando. incluso es posible que fuera tumbado durmiendo(con el cinturon puesto) y se le denunciara por eso. hay que escuchar las dos versiones, y yo la verdad que visto lo visto dudo mucho que sea verdad lo que dice el tio este. Ya por que salga en la prensa no tiene que ser verdad, y si asi lo es que aporte pruebas por que le debieron de extender el boletín de denuncia
en España eso ya esta incurriendo en una falta penal que es falta de respeto a agente de la autoridad, si a la persona no se puede lograr identificarla por que no lleva consigo ningun tipo de documentacion o no se conoce domicilio se le puede detener y poner a disposicion judicial.
eso de que el italiano este no esta haciendo nada malo.... en fin lo que ocurre que no me se las leyes de Italia
#257 Leete esto anda: www.forosocialsierra.org/Tramitesmanifestacion.htm
Se podrá ejercer el derecho de reunión sin sujeción a las prescripciones de la presente Ley Orgánica, cuando se trate de las reuniones siguientes:
a) Las que celebren las personas físicas en sus propios domicilios.
b) Las que celebren las personas físicas en locales públicos o privados por razones familiares o de amistad.
c) Las que celebren los Partidos políticos, Sindicatos, Organizaciones empresariales, Sociedades civiles y mercantiles, Asociaciones, Corporaciones, Fundaciones, Cooperativas, Comunidades de propietarios y demás Entidades legalmente constituidas en lugares cerrados, para sus propios fines y mediante convocatoria que alcance exclusivamente a sus miembros, o a otras personas nominalmente invitadas.
d) Las que celebren los profesionales con sus clientes en lugares cerrados para los fines propios de su profesión.
e) Las que se celebren en unidades, buques y recintos militares, a las que se refieren las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas (RCL 1979\90 y 395), que se regirán por su legislación específica.
Artículo 10.
Si la autoridad gubernativa considerase que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes, podrá prohibir la reunión o manifestación o, en su caso, proponer la modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario de la reunión o manifestación. La resolución deberá adoptarse en forma motivada, y notificarse en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde la comunicación prevista en el art. 8.ºRCL 1983\1534, de acuerdo con los requisitos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo (RCL 1958\1258)
#257 para realizar una manifestación se ha de pedir AUTORIZACIÓN la cual tienen creo recordar 24-72 horas para denegarla. entonces según tus argumentos de que simplemente es para avisar, por que te la iban a denegar? haz el favor y llama tu a la subdelegación de gobierno e infórmate.
#106 sueltas eso y te quedas tan agusto, anda lee-te la constitución de la que tanto presumes saber. tus derechos acaban justo donde empiezan los míos. a mi no me puedes prohibir la libre circulación que también esta expresada en la constitución. a sique eso de cortar vias publicas y manifestarse sin autorización.... deja de inventar y te recomiendo que te la leas al menos antes de venir aquí a soltar sandeces (entonces segun tu, lo de pedir autorizaciones para hacer manifestaciones se hace por cortesia? por dios! lo que hay que leer.
Actuación correcta donde las haya ni uso de porras, ni gases, ni nada.
los desalojan como pueden, usando la minima fuerza indispensable. si los que estan sujetando a los que se esta intentando llevar la policia no hicieran fuerza por evitar que se lo llevaran seguramente no tendria tantas contusiones ni nada. si en vez de agarrarse unos a otros, estuvieran tranquilamente sentados pacificamente y sin revolverse, entonces los sacarian sin usar apenas fuerza, pero la cuestion esta en que se estan revolviendo, y se estan agarrando.
sobre la calle, llevan razon, simplemente leeros la ley 1/92 y sabreis por que se desaloja.
en fin, con los mossos si se pondria en tela de juicio la actuacion pero con el CNP ni de coña, esta perfectamente actuado. menos fuerza no se puede usar
y sobre imputarle faltas a los que estan sentados.... tu te crees que van a identificar la policia uno por uno a los que estan sentandos? y si se niegan? todos detenidos? y si siguen si querese mover y estan detenidos?
yo solo tengo una pregunta, cuando alguien (en este caso los mossos) intentan realizar el desalojo y otros se oponen aunque sea pacificamente, como se debe de actuar? darse la vuelta e irse, o intentar usar la fuerza para que se haga efectivo lo que se les a ordenado?
se pasaron utilizando la fuerza, quizas, pero la fuerza hay que utilizarla si no se va la gente por las buenas.
lo del cultivo de 3 plantas de marihuana es simplemente una leyenda urbana que corre por ahi. simplemente con que plantes una planta (la tipica que tiene todo el mundo) se considera delito:
CÓDIGO PENAL ESPAÑOL. El artículo 368 del Código Penal dice: “Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, serán castigados con penas de prisión...”.
no habla ni de cantidades ni nada. esta claro que un juez no te va a meter en la carcel por 1 planta, ni te va a dar una orden de registro, pero como haya algun vecino cabron que te quiera denunciar... te va a doler la cabeza un rato.
no esta permitido ni una ni tres ni veinte alegando que es para consumo propio, en España el consumo propio esta permitido pero no el cultivo propio... que son cosas bien diferentes
por cierto para los que dicen que el guardia civil actua peliculero, le recomiendo que vean este video de la UCO (Unidad central operativa) de la forma que tienen de actuar:
1º presuncion de veracidad como dice #62 solamente para las INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS, para los delitos hay que aportar pruebas, por que si fuera esto asi no se necesitaria un equipo forense, ni policia judicial, ni nada.
2º yo no se a vosotros, pero si trabajarais en un cuerpo policial, no os gustaria encontraros en Youtube haciendo la detencion de turno en la cual el detenido se pone a dar voces y a montar el numerito quedando la policia como fuerza represora, las historias hay que saberlas al completo.
si en vez de ver toda la actuacion al completo, se ve el final del video en el que los guardia civiles agreden para detenerle al delicuente, todo parece que es una fuerza represora, un abuso de poder, y una agresion a un ciudadano normal, pero si se ve el video completo da motivos suficientes para detenerle al primer empujon.
aparte en los pueblos pequeños se conoce todo el mundo, pero eso no quita que cualquier video se grave y se publique en internet, por eso el motivo que a toda persona que se ve que esta grabando a la policia o guardia civil se le requise, o se le solicite que se borre esas imagenes, principalmente por que una imagen de un guardia o un policia en internet puede causar muchos problemas.
un caso practico:
el conocido infiltrado en ETA como "LOBO" se respeto su anonimato en todo momento, y por su seguridad no se publico ninguna imagen, ahora supongamos que ese agente sigue desempeñando sus funciones en un pueblecito de huesca, y el gracioso de turno sube una foto suya a internet mientras que va por el pueblo, poco despues lo reconocen los miembros de ETA y van a por el. menuda gracia no?
las actuaciones de la policia aveces salen bien o salen mal, si salen mal siempre hay investigaciones y normalmente si la caga un policia la termina pagando. las cosas son asi.
el caso mas cercano fue el de el guardia civil subido en el capó del coronel del ejercito, todo el mundo criticando al guardia, pero hay que ver la historia completa, no solo lo que nos interesa.
como bien dicen muchos comentarios, comentar es gratuito, pero la noticia no esta completa, en vez de juzgar al Guardia Civil, habria que ver lo que hizo el coronel...
y para los que dicen que si un guardia civil trabaja en Avila y cruza para Madrid ya no tiene jurisdiccion, te equivocas, o hablas desde el desconocimiento, un guardia civil tiene jurisdiccion en toda España, y ESTAN obligados a actuar ante cualquier delito que se observen, en caso que no lo hagan se les puede acusar de OMISION DEL DEBER.
mi opinion sobre la actuacion: Perfecta, si actuo asi fue por que era motivado por el otro conductor.
sobre subirse al capó en plan pelicula: como dicen por ahi llevan razon, es la manera mas segura de impedir que seas atropellado, y desde esa posicion controlas perfectamente lo que ocurre en el interior del habitaculo.
y para concretar mas, el Guardia Civil se la juega muchisimo, el otro tio arranca el vehiculo y se da a la fuga con el subido y es peligrosisimo, aparte de que al ir de paisano los otros policias le encañonan a el, hasta que no estan seguros de lo que ocurre ni de quien es.
ademas el Guardia Civil debe de pertenecer a alguna unidad operativa tipo GRS, UEI, por la manera de actuar y el tipo de pistola que lleva.
En el nuevo Programa Nacional de Seguridad, vigente desde el 1 de octubre de 2009, se han incluido las limitaciones descritas a continuación respecto a la toma de fotografías y/o grabaciones en el recinto aeroportuario.
Capítulo 2.2.1 – “Está prohibido hacer fotografías y grabaciones con cualquier medio dentro del recinto aeroportuario, salvo autorización expresa de la Autoridad Aeroportuaria, en las siguientes zonas:
• Controles de accesos, independientemente del sistema utilizado y si está controlado con presencia de personal de seguridad o no: casetas, puertas, tornos, mostradores, controles, sistema de circuito cerrado de televisión…
• Controles de seguridad de pasajeros, tripulaciones y empleados.
• Zonas críticas de seguridad tales como: patios de carrillos, vías de servicio, y plataforma. Esta prohibición es específica para el personal con acreditación aeroportuaria que acceda a dichas zonas y que realice fotografías y/o grabaciones con cualquier medio en las que se muestren procedimientos, instalaciones, equipos, etc que puedan comprometer la seguridad de la aviación.”
Por tanto, no son objeto de prohibición las fotografías o grabaciones realizadas en plataforma a aeronaves, vehículos, estacionamientos… como parte de las funciones habituales del trabajador, siempre que no muestren procedimientos, instalaciones, equipos… vinculados a la seguridad aeroportuaria.
“Este apartado es de obligado cumplimiento para pasajeros y trabajadores del aeropuerto, estando exentos de esta prohibición:
• El personal de seguridad contratado por el aeropuerto exclusivamente para el desarrollo de sus funciones en el propio aeropuerto.
• Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
• Aquellas personas que cuenten con la autorización expresa de la Autoridad competente y/o aeroportuaria.”
¿Cuál es el objetivo de esta nueva normativa?
Garantizar que no se divulgue información relativa a las medidas de seguridad adoptadas así como los… » ver todo el comentario
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yo voy a romper una lanza a favor de los Guardias Civiles, cuando paras un coche, no sabes quien va, quizas en el momento que estaban registrando el vehiculo, uno se quedaria con el conductor y otro procederia a registrar el vehiculo, el coche patrulla estaria en marcha, con los frios que hace siempre se dejan encendidos, me imagino que el otro aprovecho que un guardia civil estaba registrando y al otro le pego un empujón que le pillaria de improvisto y gano cierta ventaja. yo me puedo imaginar que sea asi, cuando se para estando dos guardias no pueden estar los dos pendientes de los conductor, ya que uno tendra que inspeccionar el vehiculo, asique con un pequeño empujon en un momento dado que aun se desconoce si es un presunto terrorista o el panadero de pueblo de al lado le pudo dar la ventaja suficiente.
todo son suposiciones mias pero no es dificil que te roben el vehiculo oficial estando una patrulla sola.