Absolutamente demoledor, extraído del artículo, y que refleja la realidad con una fidelidad pasmosa:
"En cuestiones patrimoniales, la Encuesta Financiera a las Familias, informe elaborado por el Banco de España (2017), situaba, para este año, a aquellos hogares con jefes de familia menores de 35 años con una riqueza media neta de 5.300 euros, mientras que, en 2011, el mismo grupo de edad contaba con 71.600 euros de riqueza, es decir, un descenso de hasta 13,5 veces en el intervalo de sólo siete años."
Al igual que #10, gracias a los comentarios gilipollescos que confirman el valor del artículo.
La trama delicitva con la sanidad del PP en Madrid da para escribir no un libro, sino varias enciclopedias. Por ejemplo, hablas del hospital Rey Juan Carlos, inaugurado en 2012 con 110 camas. Este hospital, del Grupo Quirón (grupo comprado por Fresenius en 5.760 millones en el 2016), en 2018 recibió 114,6 Mill de euros de dinero público, lo que supone 8,2 Mill de euros más que lo presupuestado en el año 2017.
En comparación, el mayor hospital de Madrid, La Paz, con >1.800 camas, apenas recibió 4 veces esa cifra, 481 millones de euros (70 millones menos que en el 2016).
#6 El problema es que en españa no se permite la búsqueda de más motivos que la de violencia machista y la dominación de la mujer por parte del hombre, por lo que legalmente la única razón existente es la del machismo y dominación cuando un hombre comete un delito sobre una mujer.
2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.
3.- La Audiencia había considerado que en la agresión recíproca hombre y mujer es solo delito leve, pero el TS señala que no existe base ni argumento legal para degradar a un delito leve una agresión mutua entre hombre y mujer que sean pareja o expareja, ya que no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo.
6.- Se considera que cuando el legislador aprobó los tipos que sancionan la violencia de género en modo alguno quiso adicionar una exigencia de valoración intencional para exigir que se probara una especial intención de dominación del hombre sobre la mujer para que el hecho fuera considerado como violencia de género. Si hay agresión del hombre sobre la mujer ello es violencia de género, y si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer. Probada la agresión el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados por violencia de género al hombre y familiar a la mujer.
"En cuestiones patrimoniales, la Encuesta Financiera a las Familias, informe elaborado por el Banco de España (2017), situaba, para este año, a aquellos hogares con jefes de familia menores de 35 años con una riqueza media neta de 5.300 euros, mientras que, en 2011, el mismo grupo de edad contaba con 71.600 euros de riqueza, es decir, un descenso de hasta 13,5 veces en el intervalo de sólo siete años."
Al igual que #10, gracias a los comentarios gilipollescos que confirman el valor del artículo.