Como dice #3 da igual las imágenes que pongan, a menos que se inventen unas. Las que ya hemos visto todos lo único que hacen es confirmar la brutalidad policial, confirmar la ilegalidad de la actuación.
#17 Es un estribillo de una canción de The Doors (muerto ya Jim Morrison):
No me moleste mosquito
No me moleste mosquito
No me moleste mosquito
Why don't you go home
No me moleste mosquito
Let me eat my burrito
No me moleste mosquito
Why don't you go home.
#49 Me parece que es una buena jugada, el encierro a la griega es mucho más dinámico y todo un jaque, el enroque que se hace con las acampadas no puede durar eternamente.
Hay que mandarles una señal a los griegos, tenemos que imitarles y continuar la comunicación con ellos. Banderas griegas y españolas rodeando el Congreso ya.
Mirad lo que decía el Ministerio Fiscal en la Sentencia que aporta #26:
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, consideró que los hechos objeto de las actuaciones no eran constitutivos de delito, solicitando la absolución de los acusados.
Ahora mirad los hechos que se consideraron probados:
Finalmente se ordenó a los agentes que procedieran al desalojo del lugar por medios coactivos, a lo que se dedicaron empleando algunos de ellos la defensa personal y dando numerosos y reiterados golpes con ella a los manifestantes, incluso cuando ya habían sido arrastrados hasta la calle, y propinando también algunos de los agentes incluso patadas.
Los acusados golpearon a numerosos manifestantes con especial violencia y con gran reiteración de golpes.
La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce el derecho de todos los ciudadanos a identificar a las Autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramitan sus expedientes.
En el ámbito de las competencias del Ministerio del Interior, la obligación genérica de
identificación de sus funcionarios viene establecida en la Ley Orgánica 2/1986 de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y en la normativa especifica del Cuerpo Nacional de
Policía y de la Guardia Civil.
Esto es de la instrucción 13/2007, de la Secretaría de Estado de Seguridad, relativa al uso del número
de identificación personal en la uniformidad de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del
Estado(citada en la noticia):
Todos los componentes de la Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía
que vistan uniforme y/o equipo de trabajo incluidas aquellas unidades especiales que en
la actualidad no portan número identificativo con independencia de las divisas,
distintivos de destino, título o diploma función o especialidad permanencia y mérito, así
como las condecoraciones, etc deberán llevar sobre sus prendas de uniformidad el
número de identidad personal correspondiente al del Carnet Profesional y a la Tarjeta de
Identidad Profesional, en lugar bien visible y de forma que a la denominada distancia de
respeto (un metro y veinte centímetros aproximadamente} puedan ser leídos sin
dificultad por los ciudadanos
Esta obligación se configura como un derecho de los ciudadanos a identificar en todo
momento y sin ninguna acción positiva de demanda por su parte a los efectivos que le
están prestando la función o servicio correspondiente y como contrapartida en un deber
de estos a efectuarlo.
Hemos leído noticias ( www.meneame.net/story/falta-identificacion-policial-impide-investigar- ) que dicen que de las denuncias presentadas ante el Juzgado de Instrucción nº 8 de Barcelona muchas no podrán seguir adelante porque se desconoce la identidad de los agentes ya que no llevan el número obligatorio para su identificación.
Esto claramente es indefensión jurídica, cita de la Constitución:
Artículo 24.
1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.
1- ponen los libros en la web y un botón que diga "si te ha gustado dame un euro", yo le daría al botón y creo que la mayoría también. Todo el dinero irá directamente para el, sin intermediarios.
2- los escritores escribirán por vocación, hay muchos que ya lo hacen.
La alternativa segunda evidencia que la literatura no se va a terminar como consecuencia de la facilidad de copiar, siempre habrá gente que escriba porque le gusta escribir o porque tiene algo que contar y no por motivos puramente económicos. Éstos estarán encantados de que sus escritos sean copiados y descargados por cuanta más gente mejor.
No me trago que un escritor tenga mejor estilo porque cobra dinero por lo que escribe, tampoco me trago que lo que dice un escritor sea más interesante porque cobra por escribirlo. Y también es mentira que los mejores libros sean los más caros.
En fin, todo esto de la facilidad de copia no termina con el producto ni con el autor, termina con la industria que se montó en el pasado cuando copiar no era tan fácil y barato.
#15 Yo opino igual que tu, tanto la ley innata como el material defectuoso son música, otra cosa es que te guste o no.
Lo que sí es cierto es que extremoduro tras el yo, minoría absoluta ha pasado a extremoblando, antes robe berreaba y tenía voz de rabia, ahora canta (o lo intenta) y ha perdido rabia, pero ha ganado en ironía. A muchos esto no les gusta, pero ganará público nuevo a los que la anterior rabia les parecía algo molesta e incluso infantil.
feria especializada en el comercio de emisiones de CO2
El informe ha sido presentado por el enviado especial del Banco Mundial para el Cambio Climático
El presidente de la Asociación Internacional del Comercio de Emisiones
Sinceramente, parece más una preocupación económica que ecológica, los países mandantes se ríen de la ecología y de paso les ponen una buena zancadilla a los países en vía de desarrollo.
#18 Yo fue lo primero que pensé, que nadie daría su nombre porque ya han sido amenazados con el despido (otra forma de violencia, como la de cobrar 600 euros).
Van tan deprisa, nuestras almas, que se arrollan;
que se encuentran cuando nuestros cuerpos follan y follan
Son, nuestras almas son dos versos que se rozan,
nuestros cuerpos como dos cerdos que hozan y hozan
#22 Respecto a la autodefensa creo que es posible a la vez que se sigue siendo pacífico. Llevar un casco, unas espinilleras y demás útiles de protección para los golpes no implica violencia y al mismo tiempo es una denuncia de los golpes que han recibido en el pasado.
Si la gente empieza a usar ropa de protección se estará evidenciando que los antidisturbios emplean la violencia contra gente pacífica.
En mi opinión es legítimo, es pacífico y al mismo tiempo es una manera de denunciar la brutalidad policial.
Solo espero que entre todas las denuncias que se están poniendo alguna prospere, y se investigue judicialmente lo ocurrido.
Hay que destacar la lamentable actuación del Ministerio Fiscal, pues su obligación es la de defender la legalidad y actuar de oficio, pero yo aun no he leído ni una sola referencia a que algún fiscal haya hecho nada. Es algo también muy lamentable, porque es otra muestra más de la podredumbre que nos rodea.
Son varias ya las ocasiones en las que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha indicado en resoluciones sancionadoras o informes jurídicos que ambas definiciones son una enumeración taxativa, que limita y no tiene discusión, respecto a lo que cabe considerar como fuentes accesibles al público, y así por ejemplo no tienen esta consideración las páginas web, ya que la AEPD considera que Internet no es un medio de comunicación social.
Esas resoluciones sancionadoras no pueden definir jurídicamente si internet es o no es un medio de comunicación social. Lo siento, pero el debate sigue abierto, y mientras tanto el sentido común se echa una siesta.
Cuando la filosofía jurídica se pronuncie, cuando los tribunales se pronuncien, entonces hablaremos con razones. Unas resoluciones sancionadoras de la AEPD son como las multas de la policía, jurídicamente hablando.
#33 Te has tomado tu tiempo y has cambiado la argumentación, bien, pero no olvides que al principio de la discusión esgrimías las ordenanzas municipales como si fueran leyes, y no lo son.
Si hay un conflicto entre ciudadanos por el uso del espacio público deberá resolverlo un Juez, y no una ordenanza municipal.
Los acampados no son 4 gatos, y tampoco son todo el pueblo efectivamente. Pero teniendo en cuenta que sus acampadas son temporales y el motivo es una protesta pacífica veo difícil que un Juez te de la razón y menos si le nombras ordenanzas municipales.
Ahora que has reconocido que hay un conflicto que está por encima de las ordenanzas es el momento de acudir a las leyes. Yo acudo a la Constitución:
Artículo 21.
1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.
No dice nada de acampar, y lo que no está prohibido por ley está permitido. Esto último es un principio general del Derecho, fuente del mismo.