El abogado Cristian Monclús nos explica que, debido a que los delitos de carácter sexual suelen ocurrir en la intimidad sin testigos, en España es posible condenar a un hombre con el testimonio de una "víctima" siempre y cuando este cumpla 3 requisitos: persistencia en la incriminación (la víctima no cambie el relato en las declaraciones que realice), credibilidad subjetiva (el estado mental y las motivaciones de la víctima son adecuados) y verosimilitud en el testimonio (lógico y coherente).
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