"Estos hechos, de ser ciertos, no podrían ser constitutivos de delito de delito de cohecho como se califica en la denuncia, ni tampoco en la figura delictiva próxima del delito de tráfico de influencias. De ser ciertos, serían en su caso, constitutivos de un delito de prevaricación" , por parte de el médico. El fiscal ve "incoherente la actuación procesal de los denunciantes (Podemos), al omitir como denunciado a un aforado mencionado en la denuncia", que es el ciezano.
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