"EL MAGISTRADO—JUEZ D. FRANCISCO JAVIER DE LA TORRE GUZMAN D I S P O N E: El sobreseimiento libre de las presentes actuaciones respecto a los hechos imputados a F. T. y a D. M. L. L., y el archivo de las mismas, notificándose la presente resolución al Sr. Fiscal y a las partes personadas, haciéndoles constar que cabe recurso de reforma en el plazo de tres días ante este Juzgado, así como recurso directo de apelación en plazo de 5 días ante la Audiencia provincial. Así, por este auto, lo pronuncio, mando y lo firmo".