Según ha aclarado hoy la Agencia Tributaria en una circular informativa, no se podrán desgravar como gastos de viaje los gastos que se originen cuando tu jefe te mande a tomar por culo. En el caso de los autónomos, según esta misma circular, el hecho de irse a tomar por culo puede tener otro significado, referente al cese la actividad, y computarse, por tanto, como parte de la liquidación.