Según el nuevo borrador de la Reforma del Código Penal, reproducir el estilo musical conocido como reggaeton a un volumen superior de 30 decibelios, ya sea mediante grabación en formato físico o digital o de forma física, en la vía pública, domicilio particular o lugar de trabajo y/o formación, será un delito tipificado en el Art. 173.4 CP con el agravante de género.
La reforma surge tras la denuncia de varias asociaciones feministas contra un género musical que las "humilla y convierte en objetos sexuales a las órdenes y apetencia de los varones". "Sin que nos demos cuenta,…